Ordenanza Nº4253
Ordenanza Nº 4253
Coronel Rosales, 28/09/2023
ORDENANZA
Corresp. Expte. O-82-2022
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Créase en el ámbito del Municipio de Coronel Rosales, la “Mesa Local Intersectorial de Prevención, Atención y Abordaje de la Violencia Familiar y de las Violencias por Razones de Género”.-
Artículo 2º: Marco Normativo
- El Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual de la Provincia de Buenos Aires es el órgano de aplicación de la Ley N° 12.569 y su modificatoria, la Ley Nº 14.509 que adapta sus disposiciones a los preceptos de la Ley Nacional Nº 26.485.
- El Decreto N° 2.875/06 (texto según Decreto N° 436/15) establece en su artículo 20 inciso “c) la conformación de la Mesa Intersectorial Provincial contra la Violencia Familiar, así como la de las Mesas Locales Intersectoriales en cada uno de los municipios, de acuerdo a la conformación allí establecida, como espacios de articulación y coordinación en el ámbito local, regional y provincial de todas las políticas públicas dirigidas a la prevención y atención de la violencia familiar”.
- El Decreto 997/2020, crea, en la órbita de la Subsecretaría de Políticas contra las Violencias por razones de Género del Ministerio de las Mujeres, Políticas De Géneros y Diversidad Sexual, el Sistema Integrado de Políticas Públicas contra las Violencias por razones de Género de la Provincia de Buenos Aires (SIPP) y deroga los anexos A y B del anexo I del Decreto N° 2875/05.
- Anexo 1 del Decreto 997/20, “Documento Técnico: Sistema Integrado de Políticas Públicas Contra las Violencias por Razones de Género de la Provincia de Buenos Aires”.
- Anexo 2 del Decreto 997/2020, “Documento Técnico de las Mesas Locales Intersectoriales”.
Artículo 2º: Marco conceptual
- Se define por Mesa Local; al espacio donde se concertan y organizan las acciones generando así propuestas de política pública a nivel municipal. A su vez, funcionarán articuladamente en dos niveles: uno horizontal o regional, entre pares con otras mesas, lo que permitirá el intercambio de experiencias y el reconocimiento de prácticas diversas; y otro vertical con la mesa intersectorial provincial, a donde se elevarán propuestas para ser implementada.
- El SIPP, Sistema Integrado de Políticas Públicas contra las Violencias por razones de Género de la Provincia de Buenos Aires es el modelo metodológico para el abordaje en prevención y asistencia de las violencias por razones de género. A partir de este se organiza el abordaje de las violencias en la provincia de Buenos Aires y presenta una estructura organizada en dos niveles: la Mesa Intersectorial Provincial (MIP) y las Mesas Locales Intersectoriales (MLI).-
Artículo 4º: Objetivos
Será objetivo general de la Mesa Local Intersectorial de Prevención, Atención y Abordaje de la Violencia Familiar y de las Violencias por Razones de Género; el trabajo conjunto y articulado entre las diferentes instancias institucionales que la integran con el objeto de analizar, diseñar, planear, evaluar e implementar acciones de promoción de derechos, y el diseño de políticas públicas locales con perspectiva de género, en relación al abordaje y la prevención de las violencias por razones de género.
Se definen los siguientes objetivos específicos:
- Recopilar, sistematizar y analizar información confiable y veraz en materia de violencia de género a los fines de unificar criterios de actuación frente a la problemática.
- Realizar recomendaciones a los organismos oficiales correspondientes en materia de abordaje, asistencia y prevención de las violencias por razones de género que permitan la visibilización, problematización y transformación de prácticas sociales que las reproduzcan. Se deben establecer criterios compartidos que no favorezcan instancias de revictimización ni superposición de acciones por parte de los organismos, instituciones, colectivas feministas, organizaciones sociales, sindicatos, convocadas a la Mesa Local.
- Elaborar estrategias comunicacionales con el fin de sensibilizar sobre la temática, como también facilitar el acceso a los servicios de la localidad.
- Proponer trabajos de prevención; como cursos, talleres, jornadas de sensibilización, en torno a diferentes temas.
- Fomentar proyectos que contribuyan a la salida de las violencias. Realizar campañas de promoción y prevención. Las mismas tendrán diferentes fines: promocionar la existencia de la mesa, informar sobre los recursos existentes para la atención de la problemática, difundir los derechos de las mujeres y LGTBI+, sensibilizar a la ciudadanía en relación a las violencias por razones de género, la promoción de vínculos libres de violencias, etc.
- Realizar un diagnóstico situacional, que refleje la realidad de nuestro distrito en relación a las violencias por razones de género tomando como base de datos principal el Registro Único de casos de Violencia de Género de Coronel Rosales según ordenanza 4153. Que permita visualizar la situación territorial en relación a la problemática (tipos de violencias, mapeo de dispositivos barriales o de localidades más pequeñas, cantidad de denuncias realizadas, respuestas institucionales, diversidad poblacional y geográfica dentro del distrito, etc.) Este trabajo de reconocimiento es el que permitirá diagramar los siguientes encuentros ya que proporciona la información para establecer los ejes de trabajo.
- Diseñar una base al inc. anterior, un marco de acciones tendientes a la elaboración de un Recursero y Hoja de Ruta local, instrumentos imprescindibles para orientar a los equipos interdisciplinarios, acompañantes en violencia de género y organizaciones en el proceso decisorio y en el abordaje, de acuerdo a la especificidad y complejidad de cada situación de violencia padecida por mujeres y LGTBI+, de acuerdo a los recursos disponibles en el territorio.
- Articular con la Dirección de Mesas Locales Intersectoriales para el abordaje de las violencias por razones de género o la que corresponda en el ámbito del Sistema Integrado de Políticas Públicas Contra las Violencias por Razones de Género (SIPP) en el marco del Ministerio de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual.
- Articulación de políticas y lineamientos a nivel local que emanan de distintas instancias ministeriales tanto en el ámbito provincial como nacional.
Artículo 5º: Conformación
La Mesa Local Intersectorial estará conformada por la participación de un/una representante Titular y un/una Suplente por cada uno de los siguientes: Organismos Nacionales y Provinciales en el territorio, áreas del Municipio, Comisión de Género, Diversidad e Igualdad del Honorable Concejo Deliberante (titular y suplente serán elegidos 1 por oficialismo y uno por la oposición; tendrá prioridad como titular quien ejerza la presidencia de la misma), Espacios Comunitarios y Organizaciones de la Sociedad Civil con pertinencia temática, Organizaciones Políticas, Sociales, ONG, Sindicatos y actores/as sociales, que propicien un entramado territorial de acción y una planificación estratégica colectiva que abordan directa o indirectamente las violencias por razones de género en el ámbito del Distrito de Coronel Rosales.-
Artículo 6º: La autoridad de aplicación será la Secretaría de Desarrollo Social, la que en un futuro la reemplace o aquella que tenga a cargo las políticas de género en el organigrama municipal.-
Artículo 7º: El Departamento Ejecutivo será el responsable, a través de la autoridad de aplicación, de realizar la convocatoria a la Mesa Local. En caso que el gobierno municipal no promueva este dispositivo, las organizaciones o instituciones públicas dedicadas a la temática en la localidad, podrán exigir a las autoridades mediante nota a realizar la convocatoria.-
Artículo 8º: La Mesa Local Intersectorial dictará su reglamento, estructura y agenda de trabajo, teniendo como premisa:
- El ciclo anual ordinario se considera desde el mes de marzo al mes de diciembre de cada año calendario. Podrán convocarse en caso de necesidad o urgencia a reuniones extraordinarias por fuera del período mencionado.
- Se pautará una reunión mensual como mínimo.
- El lugar se definirá en función de la disponibilidad de los organismos miembros y en relación con la adecuación a la cantidad de participantes.
- El horario se acordará en cada ciclo. Los presentes deberán aguardar media hora antes de declarar desierta una reunión por falta de quórum, el cual requerirá la mitad más uno de los participantes. Sólo podrán asistir a las reuniones las/los titulares o las/los suplentes convocados formalmente para reemplazar a un titular, y, en su caso, funcionaria/os o invitada/os al efecto.
- Se consensuará la forma particular de funcionamiento en cuanto a relatoría a través de libro de actas, formación de comisiones de trabajo, temario a tratar en cada convocatoria, acciones a realizar y la modalidad de articulación de dichas acciones frente al caso concreto.
- Al inicio de cada ciclo, las organizaciones y organismos que participan de la Mesa, o que soliciten su incorporación, deberán presentar por escrito una nota con el pedido de integración a la misma definiendo para el período a titular y suplente.
- La coordinación será elegida por consenso general de quienes integran la Mesa en la primera reunión ordinaria de cada ciclo. Podrán ser elegidos integrantes pertenecientes a cualquier organismo con participación efectiva en la Mesa en el ciclo anterior inmediato. La primera selección se realizará entre los/las participantes presentes en la primera reunión formal de la Mesa.
En caso de no llegar a un acuerdo unánime, se determinará por mayoría.
Será requisito obligatorio la participación en la totalidad del ciclo en el ejercicio anterior para ser definida/o en el rol de coordinación, así como para participar de la votación. El voto será computado uno (1) por organización/ institución y se realizará a mano alzada.
Artículo 9º: La Mesa Local Intersectorial de Prevención, Atención y Abordaje de la Violencia Familiar y de las Violencias por Razones de Género deberá contar con una partida para facilitar el funcionamiento de la misma que deberá ser prevista en el presupuesto anual en el apartado correspondiente a la autoridad de aplicación de acuerdo al Artículo 6º.-
Artículo 10º: Deróguese la Ordenanza Nº 3377 y toda aquella norma que se oponga a la presente.
Artículo 11º: El Documento Técnico de las Mesas Locales Intersectoriales, forma parte de la presente como Anexo I.
Artículo 12º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo