Boletines/Coronel Rosales

Ordenanza Nº4249

Ordenanza Nº 4249

Coronel Rosales, 14/09/2023

ORDENANZA

Corresp. Expte. D-95/2023

.Artículo 1º: Establece como área urbana y complementaria con usos vigentes en el Código de Zonificación la delimitada por Avenida Trolón hasta el límite con la parcela correspondiente al denominado Bosque Encantado, de ahí hasta el mar, continuando con toda la costa hasta el límite de la sección Circ. VII; Secc. A. De ahí hasta la continuación de la Avenida Trolón y con esta última se cierra el polígono.-

Artículo 2º: Dentro de ese polígono quedan incluidas todas las parcelas correspondientes a:

  • Cir. VII, Secc. A
  • Cir. VII, Secc. B
  • Parcelas de origen: 1047 D; 1047 AM; 1047 AG; 1047 AH; 1047 AE; 1047 AF.

Artículo 3º: Todas aquellas manzanas y/o parcelas rurales de origen que se encuentren subdivididas y que cuenten con planos aprobados por Geodesia, contarán para todas las parcelas, con los indicadores urbanísticos que figuran en el Código vigente, como Zona Residencial Parque Pehuen Co, hasta tanto se modifiquen en forma particularizada por sectores. Las restantes comprendidas dentro del sector que se analiza, serán destinadas a Area Complementaria con los indicadores urbanísticos que establece el Código de Zonificación vigente y la Ley 8912 de Uso del Suelo.-

Artículo 4º: Las subdivisiones en propiedad horizontal solo serán admitidas cuando se generen subparcelas = o ˃ a 400 m² de superficie, con una (1) vivienda en la misma.-

Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo tendrá la facultad a través de la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de determinar que, si hay menos metros cuadrados de los que determina el Artículo 4º; tendrá en consideración hasta un 10 % (diez por ciento) menos de lo previsto.-

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal se encargará de realizar una campaña informativa y de  difusión sobre la aplicación de dicha Ordenanza.-

Artículo 7º: El desarrollador o propietario será responsable de transmitir de manera fehaciente a los adquirientes la información pertinente de lo normado en la presente, debiendo cumplimentar además toda normativa local y provincial en materia de loteos, subdivisiones y urbanizaciones.-

Artículo 8º: Se adjunta como Anexo I plano del polígono formado por las parcelas antes mencionadas.-

Artículo 9º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.

Firmado Nicolás Aramayo Presidente

Pablo Zaragoza Secretario Legislativo

Anexos

Area complementaria

Código Zonificación Pehuen Co

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