Boletines/Coronel Rosales

Resolución Nº340/2023

Resolución Nº 340/2023

Coronel Rosales, 09/11/2023

Visto

Las actuaciones relacionadas con la situación laboral del agente Gil David Hernan DNI: 32.528.086, Leg. 4182, quien debido a razones de enfermedad de larga evolución, que le impiden desempeñar normalmente sus tareas habituales, permanece en uso de licencia por enfermedad de largo tratamiento desde el 09/02/2023 hasta la actualidad por igual patologia, acumulando al 28/10/2023 un total de ciento ochenta Y

Considerando

Que de los informes producidos por la Junta Medica Municipal, se desprende que dicho agente ha superado el tiempo establecido de seis meses para gozar de dicho beneficio, ya que cuenta con menos de 5 años de antigüedad ( art. 83, Ley 14656 y concordantes C.C.T.-

Que conforme el art 28 2b) el trabajador tiene derecho a una licencia de seis (6) meses con goce de haberes, siempre que cuente con una antigüedad menor a 5 años y tuviera carga de familia. Vencido este plazo el trabajador tiene derecho a una licencia de un (1) año adicional, del cual percibirá el setenta y cinco por ciento (75%) de sus haberes. Si la imposibilidad de prestar tareas por razones de enfermedad continuare, se le conservara el empleo por el plazo de un (1) año sin goce de haberes desde el vencimiento de aquellos.-

Que la Secretaría de Gobierno, tras el análisis efectuado a través del Departamento de Personal, a la situación del agente objeto de estas actuaciones, ha dispuesto el beneficio que establece el Art. 28 2b) C.C.T licencia especial con Goce de haberes, el cual percibirá el setenta y cinco por ciento (75%) de sus haberes.-

Que en consecuencia debe procederse al dictado del acto administrativo correspondiente.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades RESUELVE

ARTICULO 1º: Otorgar licencia especial con goce de haberes al agente, Gil David Hernán, DNI: 32.528.086, Leg. 4182 el cual percibirá el setenta y cinco por ciento (75%) de sus haberes determinado en el Art 28 2b) del C.C.T, por el periodo comprendido entre el 01 de Noviembre de 2023 y por el termino de un (1) año.-

ARTICULO 2º: La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 3º: Regístrese.- Tome conocimiento la totalidad de las Secretarías, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese al interesado, regístrese en su legajo.- Gírese al Departamento de liquidación de Haberes.- Hecho, archívese.-

RESOLUCION Nº340/2023