Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 678/2023
Coronel Rosales, 17/11/2023
Visto
Visto el presente Alcance I del Expediente S-71/23, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al Anticipo Financiero y Certificado N° 1 de la obra: “Pavimentación Urbana en Coronel Rosales", Licitación Pública Nº 5/23, adjudicada a la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. mediante Decreto Nº 425/2023; y
Considerando
Que la Secretaría de Obras y Planeamiento informa que por Ordenanza N° 4220 la Municipalidad de Coronel Rosales adhiere al Decreto 290/2021 y sus normas modificatorias y/o complementarias del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la fecha de contrato de obra es 17/8/2023, con un Plazo de Obra de 210 días. –
Que la mencionada Secretaría ha analizado las presentaciones de las redeterminaciones de precios provisorias de la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., las cuales fueron presentadas en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 4220.-
Que al ANTICIPO FINANCIERO se le realiza análisis con los índices correspondientes al mes de septiembre de 2023 Se informa que la Fecha de facturación del Anticipo Financiero fue 4/9/2023; la Fecha de Publicación de los índices del mes Septiembre fue 30/10/2023; la Fecha de Presentación de la empresa, el 26/10/2023.-
Que la Secretaría de Obras y Planeamiento sugiere que la redeterminación deberá aprobarse por el monto de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 1.149.931,17), de lo que deberá retenerse el 5% correspondiente a la garantía de fondo de reparo.
Que al CERITFICADO DE AVANCE N°1 se le realiza análisis con los
índices correspondientes al mes de septiembre de 2023. Se informa que el Mes de ejecución de los trabajos fue septiembre de 2023; la Fecha de Certificación, el 11/10/2023; la Fecha de Publicación de los índices, el 30/10/2023; la Fecha de Presentación de la empresa, el 26/10/2023; el Porcentaje comprometido de Avance respecto a la curva de inversiones, es del 6.4% y el porcentaje de avance es del 50.35%. -
Que la Secretaría de Obras y Planeamiento sugiere que la redeterminación del Certificado N° 1 deberá aprobarse por el monto de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 2.315.895,19), monto al que deberán descontarse los porcentajes correspondientes en concepto de garantías de contrato y/o fondo de reparo en caso que la Empresa no respalde los mismos a través de pólizas respectivas.-
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente Alcance y el principal, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del ANTICIPO FINANCIERO y CERTIFICADO DE AVANCE N° 1 de la obra " Pavimentación Urbana en Coronel Rosales”.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades; DECRETA
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Anticipo Financiero presentado por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. de la obra: “Pavimentación Urbana en Coronel Rosales", por un monto de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON DIECISIETE CENTAVOS ($ 1.149.931,17) en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. S-71/2023 y su Alcance N° 1.
ARTÍCULO 2º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Certificado de Avance de Obra N° 1 presentado por la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. de la obra: “Pavimentación Urbana en Coronel Rosales", por un monto de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 2.315.895,19) en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. S-71/2023 y su Alcance N° 1.
ARTÍCULO 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida del Fondo de Financiamiento Municipal (Código 110), del Presupuesto de Gastos vigente. -
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Obras y Planeamiento. -
ARTÍCULO 5º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía y de Gobierno, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese en la forma de estilo a la firma contratista. Hecho, resérvese.
DECRETO Nº678/2023