Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 661/2023
Coronel Rosales, 09/11/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. S-154/23, relativas a la Obra denominada “Recambio de tanques y arreglos varios en Escuela Secundaria N° 9”, el Pliego de Bases y condiciones obrante en autos, la Contratación Directa gestionada y recomendada por la Secretaría de Obras y Planeamiento de esta Comuna, Y
Considerando
Que según informe y requerimiento elevado por la Sra. Secretaria de Obras y Planeamiento resulta necesaria la contratación de mano de obra y materiales para la obra mencionada en el establecimiento referenciado. -
Que el Pliego de Bases y Condiciones confeccionado a efectos de la presente Contratación cumple con lo determinado por los Arts. 136 y ccss. LOM, Arts. 5 y 6 de la Ley 6021 y Arts. 108 y ccss. del Decreto 2980/00 RAFAM y, en consecuencia, corresponde proveer su aprobación. -
Que obra en autos presupuesto presentado por la Contratista Mariela Sandra Hilfer ajustado a los lineamientos del antedicho pliego y según el cual el costo de la Obra a realizar, incluyendo materiales exigidos y mano de obra, asciende de la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON 88/100 ($ 1.366.417.88.-). -
Que el presupuesto obrante en autos, según indica la Sra. Secretaria de Obras y Planeamiento, se encuentra ajustado a los valores de mercado vigente y su plazo de ejecución dentro de los plazos analizados al efecto por la repartición. -
Que en virtud de lo previsto por los Arts. 132 inc. D, 133, 283 bis y ccs. de la LOM resulta viable la Contratación Directa de la Obra de referencia. -
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese en todos sus términos el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para la contratación directa de la Obra denominada “Recambio de tanques y arreglos varios en Escuela Secundaria N° 9” que forma parte de este expediente .-
ARTICULO 2º: Autorizase la Contratación Directa con el proveedor Contratista Mariela Sandra Hilfer para la Obra mencionada en el Artículo 1º por un valor de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE CON 88/100 ($ 1.366.417.88.-), con plazo de ejecución de noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra por considerar su precio conveniente a los intereses del Municipio y por ajustarse a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades y en la Ley 6021 de Obras Públicas.-
ARTICULO 3º: Comuníquese a la adjudicataria que deberá presentar dentro de los cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente Decreto, la pertinente garantía de cumplimiento de contrato por el cinco por ciento (5%) del monto consignado en el Artículo 2º (Art. 40 PBCG y Art. 7 PBCP) y demás documentación exigida al efecto indicada expresamente por el pliego que por este acto se aprueba para la suscripción del pertinente Contrato de Obra. -
ARTICULO 4º: Facultase al Departamento de Compras Municipal, a la Tesorería Municipal y a la Contaduría a efectuar las adecuaciones contables necesarias. -
ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Obras y Planeamiento. -
ARTICULO 6º: Regístrese. Tomen conocimiento las Secretarías de Gobierno y de Economía. Déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firma adjudicataria. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento. - Hecho, resérvese. -
DECRETO Nº661/2023