Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 651/2023
Coronel Rosales, 02/11/2023
Visto
Las actuaciones promovidas en el presente Expte.: R- 39/2023 relacionadas con el Cese Laboral del Agente Municipal de Planta Permanente RIQUELME ORLANDO ANTONIO D.N.I. 13.047.543 Clase 1958, Leg. 2874 Sit. de Revista Actual: Agrupamiento Obrero Clase III, Nivel 8 Jurisdicción: 1110113000-42-1-0 con Jornada de 35 hs. semanales, a efectos de acogerse a los beneficios Previsionales de Jubilación, Y
Considerando
Que conforme el Acta pre previsional y la Legislación vigente por parte del IPS, el Agente de referencia reúne requisitos para la obtención de Jubilación por Edad Avanzada al cumplir los 65 años de edad el día 10 de Noviembre de 2.023.-
Que por razones de servicio y funcionamiento el Director de Servicios con el aval del Secretario de Gobierno, solicita prorrogar el cese laboral del Agente RIQUELME ORLANDO ANTONIO a partir del día 01 de enero de 2024.-
Que en consecuencia debe procederse al dictado del acto administrativo correspondiente.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales en uso de sus facultades; DECRETA
ARTICULO 1º: Disponer el Cese Laboral a partir del 01 de enero de 2024, del Agente Municipal de Planta Permanente RIQUELME ORLANDO ANTONIO D.N.I. 13.047.543 Clase 1958, Leg. 2874 Sit. de Revista Actual: Agrupamiento Obrero Clase III, Nivel 8 Jurisdicción: 1110113000-42-1-0 con Jornada de 35 hs , para acogerse a los beneficios Previsionales de Jubilación por Edad Avanzada por parte del IPS, dejándose constancia que el mejor cargo desempeñando por 36 meses consecutivos o 60 alternados, es como personal del Agrupamiento Obrero Clase III, Nivel 7 con Jornada de 30 hs. semanales.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Regístrese.- Tomen conocimiento la totalidad de las Secretarías, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese al interesado y regístrese en su legajo.- Comuníquese al Departamento de Liquidación de Haberes y a la Jefatura del Departamento de Previsión Social.- Hecho, archívese.-
DECRETO Nº651/2023