Boletines/San Vicente
Decreto Nº 1449
San Vicente, 13/09/2023
Visto
El Expte. N° 4108-V-69436-2022-00 por medio del cual el señor Fernando Matías RESTA VIEYRA, titular del DNI Nº 31.504.397, solicita la creación de una partida de fantasía, y;
Considerando
Que a fs. 2/47 el peticionante acompaña copia simple de DNI, Boleto de CV y comprobantes de pago de materiales de construcción;
Que a fs. 49/54 la Dirección de Catastro y Tierras acompaña titulares de dominio y destinatario postal según las bases con las que cuenta e informa que el recurrente solicita abonar por los metros poseídos y que en caso de concederse el beneficio solicitado podría crearse una partida provisoria asignándole la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción VII, Sección A, Manzana 288, Parcela 2, Partida Origen 62225, Partida Provisoria Nº 900860 en la cual ejerce posesión;
Que a fs. 55/57 la Dirección General de Gestión adjunta fotografía y acta en la cual se observa que “se verifica que el recurrente esta ocupando parte de la parcela, la cual está construida y delimitada con tejido, en la parcela se encuentran varias construcciones las cuales fueron vendidas a distintas personas por dichos de los vecinos”;
Que a fs. 58 la Dirección de Apremios indica que la Partida N° 99771 posee deuda en ejecución judicial;
Que a fs. 62 la Dirección de Catastro informa que el recurrente solicita abonar por los metros poseídos y que en caso de concederse el beneficio solicitado podría crearse una partida provisoria asignándose la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción VIII, Sección D, Quinta 28, Partida Origen 99771, Partida Provisoria Nº 900901, Parcela 11 a, en la cual ejerce la posesión;
Que analizadas las presentes se ha podido constatar que el interesado acredita la compra de materiales de construcción en los cuales se deja constancia que el domicilio de entrega coincide con el inmueble por el cual peticiona;
Que a fs. 64 la Dirección de Rentas señala en atención al informe producido por la Dirección de Catastro se advierte una posesión parcial que afecta a la Quinta 28, de la Circunscripción VIII, Sección D, Partida de Origen Nº 99771, razón por la cual sugiere la necesidad de la creación de l partida provisoria, teniendo en cuenta solo los metros reales poseídos;
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello;El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Autorícese a la Dirección de Catastro y Tierras a dar de alta la Partida Provisoria Nº 900901, perteneciente a la Tasa por Servicios Especiales Urbanos, con una superficie de 27 metros lineales de frente, incluida en la zona impositiva tercera, con la siguiente nomenclatura catastral: Circunscripción VIII, Sección D, Quinta 28, Parcela 11, siendo su titular el señor STERIN RICARDO y como responsable de pago el señor RESTA VIEYRA FERNANDO MATIAS, titular del DNI Nº 31.504.397, con domicilio postal en la calle Estrada Nº 1758 de la ciudad de Banfield, partido de Lomas de Zamora.
ARTÍCULO 2°: Autorícese a la Dirección de Rentas a dar de alta la cuenta corriente Nº 900901 de la Tasa por Servicios Especiales Urbanos a partir de la cuota 1989/01, ello en razón de reflejar la situación impositiva que reviste la Partida de Origen (Partida Nº 99771).
ARTÍCULO 3°: Autorícese a la Dirección de Apremios a notificar a los mandatarios intervinientes la modificación que se producirá en la deuda reclamada a la Partida de Origen (99771) y las nuevas Partidas Provisorias que se crearán en su reemplazo, sobre las que se deberá perseguir el cobro en forma proporcional a la deuda existente sobre la parcela de origen y en las mismas condiciones. Cabe destacar que la Partida Nº 99771 perteneciente a la Tasa por Servicios Especiales Urbanos, continuará incorporada en nuestra base de datos con la totalidad de su superficie hasta tanto se encuentre regularizada su situación.
ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, archívese.