Boletines/Bragado
Ordenanza Nº 5618
Bragado, 06/10/2023
VISTO: El expediente Nº 153/23 de este cuerpo, por el cual la Asociación Cooperadora Escuela Especial Nº 501 “Dr. René Favaloro”, solicita la eximición de los gravámenes del derecho de Rifa; y, CONSIDERANDO: Que, la Asociación Cooperadora Escuela Especial Nº 501 “Dr. René Favaloro”, ha iniciado llevar adelante la venta de una rifa con la finalidad de recaudar fondos para concluir la construcción del SUM (Salón de Usos Múltiples) tan necesario para dicha Institución. Que, la Cooperadora vería con agrado esta excepción para así poder llevar adelante la compra de materiales y mano de obra. Que, hemos presentado todos y cada uno de los requisitos exigidos por el Departamento Ejecutivo y que dicha rifa fue autorizada por Decreto Municipal Nº 1321/23; y, TENIENDO EN CUENTA: Que corresponde a este Cuerpo legislar al respecto otorgando el beneficio solicitado. POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA Nº 5618/23
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- EXIMIR de los gravámenes por el Fondo Benéfico de Rifas a la Asociación Cooperadora Escuela Especial Nº 501 “Dr. René Favaloro”, autorizada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Municipal Nº 1321/23.- ARTICULO 2º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-