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Decreto Nº1618

Decreto Nº 1618

Bragado, 25/10/2023

Visto

VISTO: La solicitud de ampliación de rubro presentada por la firma GNC Bragado S.A. en el expediente municipal Nº 3224/23, correspondiente al establecimiento situado en Ruta Nacional Nº 5 del Partido de Bragado, cuya actividad funcionará bajo el rubro “estación de servicio dual - venta y colocación de equipos de GNC - Carga de GNC y Carga de vehículos de transporte de pasajeros”; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la actividad solicitada; Que, realizadas las inspecciones de seguridad e higiene y catastral, se comprobó que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la ampliación del rubro solicitada; Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR la ampliación de rubro del establecimiento inscripto bajo Habilitación Municipal Nº 6.692, identificado catastralmente como Circ. II - Secc. A - Ch. 26, Parc. 2 E, consignándose como “ESTACIÓN DE SERVICIO DUAL - VENTA Y COLOCACIÓN DE EQUIPOS DE GNC - CARGA DE GNC Y CARGA DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”, propiedad de la empresa GNC BRAGADO S.A., CUIT 30-70554867-2, por el plazo de 180 (ciento ochenta) días; caducando indefectiblemente el 09 de agosto de 2024, en conformidad con lo establecido en el art. 7 inc. h) de la Ordenanza Nº 4884/17 y en los arts. 1 y 2 de la Ordenanza Nº 4691/15. ARTICULO 2°.-  Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTÍCULO 3º.-  FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN   OFICIAL Y ARCHIVAR.-