Boletines/Bragado
Decreto Nº 1606
Bragado, 19/10/2023
Visto
VISTO: La solicitud de habilitación presentada por la ciudadana Lucía Sol Melián, en el expediente municipal Nº 2649/23, correspondiente al local situado en calle Rivadavia Nº 2045 de Bragado, cuya actividad funcionará bajo el rubro “tapicería”; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la citada actividad; Que, realizadas las inspecciones de seguridad e higiene y catastral, se comprobó que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la habilitación municipal; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a inscribir bajo Habilitación Municipal Nº 10.425 el local comercial ubicado en calle Rivadavia Nº 2.045 de Bragado, identificado catastralmente como Circ. I - Secc. B - Mz. 146 - Parc. 4 A, donde funciona el establecimiento dedicado a RUBRO “TAPICERÍA”, propiedad de la Sra. MELIÁN, LUCÍA SOL, DNI 40.882.898, CUIT 27-40882898-3, en conformidad con la Ordenanza Nº 4884/17. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTÍCULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-