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Decreto Nº1493

Decreto Nº 1493

Bragado, 06/10/2023

Visto

VISTO: La aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante de la Ordenanza N° 5612/23 referente a Establecer que la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) se regirá por lo establecido en la Ley N° 13.133 y sus modificatorias “Código de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor, subsidiariamente en la Ordenanza General N° 267/80 de “Procedimiento Administrativo  Municipal”, en las Ordenanzas Municipales y los actos de administración que en la materia, dictase el Departamento Ejecutivo, con las limitaciones establecidas en los artículos subsiguientes de la mencionada Ordenanza; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Las facultades conferidas por el art 108 inc 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades; Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 5612/23 referente a Establecer que la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) se regirá por lo establecido en la Ley N° 13.133 y sus modificatorias “Código de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor, subsidiariamente en la Ordenanza General N° 267/80 de “Procedimiento Administrativo  Municipal”, en las Ordenanzas Municipales y los actos de administración que en la materia, dictase el Departamento Ejecutivo, con las limitaciones establecidas en los artículos subsiguientes de la mencionada Ordenanza. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR,  REGISTRAR,  COMUNICAR, PUBLICAR, DAR  AL BOLETIN   OFICIAL Y ARCHIVAR.-