Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 7057/23
Moreno, 12/10/2023
VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.630/2023, mediante el cual solicita la creación de espacios aptos para la práctica del juego de bochas en polideportivos y plazas; y
CONSIDERANDO la necesidad de contar con un espacio físico público y gratuito que facilite la práctica del juego de Bochas, que sirva de espacio de encuentro lúdico y de socialización para nuestras comunidades y promueva la práctica deportiva en ambientes saludables con perspectiva en adultos mayores.
QUE en la actualidad las enfermedades cardiovasculares (ECV) devenidas del sedentarismo, siguen siendo las principales causa de muerte en nuestro país.
QUE la práctica regular de ejercicio físico a una intensidad ligera-moderada induce una serie de adaptaciones que producen los beneficios para la salud, disminuyendo los factores de riesgo para la aparición de las E.C.V., cáncer y diabetes.
QUE el deporte es un derecho según expresa el Artículo 2° de la Ley N° 12.108 de la Provincia de Buenos Aires “El Estado reconoce el derecho de todos los habitantes de la provincia y de sus instituciones, a practicar y enseñar deportes”.
QUE en nuestro municipio no contamos con espacio público y seguro para esta práctica, teniendo que emigrar a otros municipios o prestadores privados.
QUE el deporte genera beneficios para la salud, no solo logra mejorar aspectos biológicos sino también favorece la sociabilidad y cuestiones de índole psicológicas.
QUE dentro de los beneficios a la salud que se pueden conseguir en la práctica del juego de bochas se destacan:
QUE en estos tiempos las instituciones deportivas funcionan como soporte y contención de los grupos en situación de vulnerabilidad, evitando el abandonar la socialización y el desarrollo de prácticas comunitarias al aire libre.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Dispóngase la creación de espacios aptos para la práctica del Juego de Bochas, en polideportivos, plazas existentes (tal como Plaza Bujan) y/o en un sector autorizado de la Reserva Municipal Los Robles. Dicha área a definir deberá considerar:
ARTÍCULO 2°: Financiación: Autorícese al Departamento Ejecutivo a asignar recursos del Presupuesto General de Gastos y Recursos correspondientes a la Secretaría de Educación, Cultura y Deportes.
ARTÍCULO 3°: Solicítese al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, el fomento de actividades y torneos recreativos de dichos deportes, para el crecimiento y promoción del Deporte, y del Partido de Moreno como destino de cercanía para Turismo y Eventos Deportivos.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 12 de Octubre de 2023.
PROF. CASTRO ISAMAEL BELLOTTA, ARACELI
Secretario Presidenta
Comunicado al D.E el día 26/10/2023
Promulgada mediante el Decreto N° 4267/23 de fecha 26/10/2023