Boletines/Moreno
Decreto Nº 4217/23
Moreno, 20/10/2023
Visto y considerando
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente N° 4078-255383-S-2023 iniciado por la Secretaria de Desarrollo Comunitario; y
CONSIDERANDO que en dichas actuaciones se solicita declarar de Interés Municipal al evento denominado “DICIEMBRE MES NAVIDEÑO” a realizarse en el mes de diciembre del corriente año 2023.
Que la importancia del presente evento la importancia del presente evento consiste en la entrega de cajas navideñas y alimentos dedicados a dichas celebraciones, a personas con vulnerabilidad social, siendo con el objetivo de que se realice la compra de los mismos a fines de garantizar que ningún Morenense se quede sin festejar una fecha de tal relevancia.
Que la declaración de interés municipal del evento aportaría una medida de acción positiva, acompañando a las familias, fomentando la unión y encuentros con nuestros afectos, entregando alimentos navideños y creando actividades relacionados a la temática.
Que, ha tomado intervención el área de Presupuesto Municipal informando la partida presupuestaria en la cual deberán imputarse las erogaciones que impliquen las actividades en cuestión.
Que, ha tomado intervención la Contaduría Municipal, dando cumplimiento con lo estipulado en el Art 187 Inc. 6 del Decreto-ley 6769/58, ha manifestado que de acuerdo a sus competencias no tiene observaciones que realizar.
Que, ha tomado conocimiento la Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes, emitiendo el correspondiente dictamen jurídico.
Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108, inc. 17 del Decreto-ley 6769/58.
Por ello,
LA INTENDENTA MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Declárase de Interés Municipal a todos los eventos relacionados al “DICIEMBRE MES NAVIDEÑO” a realizarse durante todo el mes de diciembre del corriente año 2023, que se llevarán a cabo por la Secretaria de Desarrollo Comunitario, por los fundamentos vertidos ut-supra en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2°.- Autorizase a la Contaduría Municipal a librar orden de pago por las erogaciones que se generen cuyos gastos se imputarán en la siguiente partida: Jurisdicción: 1.1.1.01.06.000 Secretaría de Desarrollo Comunitario, Cat. Programática: 24.01 Coord. De Las Actividades De Desarrollo Comunitario, Fuente de Financiamiento: 1.1.0 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Comunitario, y la Sra. Secretaria de Economía y el Sr. Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, notifíquese y comuníquese; cumplido, archívese. -
SR ALBERTO ESTEBAN CONCA SRA MELINA MARIEL FERNANDEZ
DRA MARIELA BIEN SRA MARIA NOELIA SAAVEDRA