Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2196/2023
Mercedes, 06/10/2023
Visto
La necesidad de regularizar el dominio de las tierras del partido de Mercedes (B) por lo que se ha conformado expediente Nº , a través del cual la los Sres. BECKER RUBEN ERNESTO DNI: 12.037.671 y LUJAN NORMA BEATRIZ, con D.N.I. Nº 16.322.415, solicita cancelación de hipoteca, y;
Considerando
Que el Sr. BECKER RUBEN ERNESTO DNI: 12.037.971, casado en primeras nupcias con la Sra., LUJAN NORMA BEATRIZ argentina, con D.N.I. 16.322.415, es titular dominial del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción II, Sección B, Chacra 111 Manzana 111AP, Parcela 1, Partida Inmobiliaria Nº 30.697,del que oportunamente se realizó mutuo con hipoteca, escritura número 3946, por ante la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO, constituyendo HIPOTECA de primer grado a favor de la Municipalidad de Mercedes (B).-
Que habiendo cancelado el total de la deuda contraída respecto del inmueble antes mencionado, los titulares dominiales solicitan por intermedio de la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, la cancelación del gravamen real, lo que motiva la conformación del correspondiente expediente administrativo municipal, donde se solicita el CERTIFICADO DE CANCELACIÓN DE VIVIENDA, debidamente rubricado por la autoridad competente, el cual con fecha 1 de septiembre del 2023, constando a fojas 13, es expedido a los efectos del presente;
El SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA
Artículo 1º.- Ordénese practicar la CANCELACION DE HIPOTECA, por encontrarse saldada la deuda contraída respecto del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunsc. II, Sección B, Chacra 111,Mz. 111AP, Parcela 1, Partida Inmobiliaria Nº 30.697, inscripta mediante escritura número 3946 realizada por la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO.
Artículo 2º.- Requiérase la intervención de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes, a favor de los solicitantes, conforme a lo previsto por los arts. 2º y 4º inc. D de la Ley 10.830.
Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese a la Dirección de Tierras y Hábitat de esta Municipalidad. Dése al Digesto General. Fecho. Archívese.