Boletines/Daireaux

Decreto Nº1260/2023

Decreto Nº 1260/2023

Daireaux, 22/09/2023

SUBSIDIO - SFC

Visto

Lo actuado por el Expediente Administrativo Nro. 4022-14.511/23 y,

Considerando

Que por nota de fecha 12 de septiembre de 2023 obrante a Fs. 1, la entidad Salazar Fútbol Club, solicita un subsidio que les permita cancelar los gastos corrientes de la institución y gastos de arbitraje que se originan por su participación en la Liga Cultural y Deportiva de Tres Lomas;

Que si bien la Entidad solicitante cuentan con algunos recursos, éstos no resultan suficientes para cancelar la totalidad de la factura pendiente de pago, por eso presenta, solicitan Pesos setenta y cinco mi ($ 75.000.-) para cubrirlos;  

Que el Registro de Entidades de Bien Público certifica a Fs. 04 del Expte. Que las tres entidades han dado cumplimiento en la entrega de la documentación obligatoria para encontrarse al día en el mismo;

Que a su vez la Contaduría Municipal se expide en Fs. 02 de ambos expedientes certificando la existencia de fondos y que  corresponde la atención del Gasto con fondos provenientes de la partida: Jurisdicción: 1110102000  Secretaria de Gobierno - Programa: 17.00.00 -  5.1.6.0. “Transferencias para actividades científicas, académicas, culturales, deportivas, etc”. - Fuente de Financiamiento: 110;

Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que  “Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;

Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada….”;

Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Dese lugar al pago del subsidio tramitado en actuaciones del Expediente Administrativo Nro. 4022-14.511/23, por la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000) a favor de la Entidad: “SALAZAR FUTBOL CLUB”  - Entidad de Bien Público Nº 25/1981 - con destino al pago de gastos corrientes   de la institución y gastos de arbitraje que se originan por su participación en la Liga Cultural y Deportiva de Tres Lomas.---------------

ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento del presente se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2023 informada por la Contaduría Municipal: --------------------------

Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno y Seguridad –.-

Programa 17 Deportes, Turismo y Recreación.-

Partida: 5.1.6.0. “Transferencias para actividades científicas, académicas, culturales, deportivas, etc”.-

Fuente de Financiamiento: 110 de Origen Mpal.-

ARTICULO 3º. Las entidades beneficiarias deberán confeccionar y elevar en un plazo no mayor de  quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido en cada caso, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.--------------------------------------------------

ARTICULO 6º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-------------------------------------------------------