Boletines/Quilmes
Decreto Nº 3956/2023
Quilmes, 29/09/2023
Visto
el expediente Nº 4091-330-S-2020 alcance 1 y el Convenio Marco de Adhesión al Programa Mejoramiento de Barrios (PROMEBA V) registrado bajo el Nº 0846/2023; y
Considerando
Que el Convenio Marco de Adhesión al Programa de Mejoramientos de Barrios (PROMEBA V) registrado
bajo el Nº 0846/23 suscripto el 16 de agosto del 2023 por la Secretaría de Hábitat del Ministerio de
Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación y la Municipalidad de Quilmes se acordó la implementación del
mencionado programa con el objeto de dar continuidad a las políticas del mejoramiento de hábitat
poniendo especial énfasis en la población con necesidades básicas insatisfechas;
Que en cumplimiento · de las condiciones que resultan del referido Convenio, el Municipio se hace pasible
de recibir un financiamiento no reembolsable, destinado a la ejecución de proyectos integrables de
mejoramiento del hábitat que cumplan con los criterios establecidos en el Contrato de Préstamo celebrado
entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y en el Reglamento Operativo del
Programa;
Que la finalidad del programa es mejorar de modo sustentable el hábitat de los hogares residentes en
villas, asentamientos y áreas degradadas del país a través de acciones que contribuyan al aumento en la
seguridad de la tenencia de la tierra, incrementar la calidad de vida de los habitantes de cada área
intervenida, la provisión de infraestructura básica y el desarrollo comunitario;
Que en virtud de ello, por razones de oportunidad mérito y conveniencia resulta necesario dictar el
pertinente acto administrativo mediante la cual se crea la Unidad1 Ejecutora con funciones
específicas de identificación, ejecución y supervisión de los proyectos;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las
Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: CRÉASE la Unidad Ejecutora Municipal PROMEBA V para la ejecución del PROGRAMA
MEJORAMIENTOS DE BARRIOS, la que dependerá directamente de la Sra. Intendenta Municipal.-
ARTÍCULO 2°: ASÍGNASE a la Unidad Ejecutora Municipal las funciones de diseño, ejecución, monitoreo
contralor de proyectos integrales del Programa
PROMEBA, que abarcaran la temática de obras de infraestructura, y vial, desarrollo social y comunitario,
recuperación ambiental, planificación urbana y territorial y regularización dominial.-
ARTÍCULO 3º: DESÍGNASE a la Sra. Secretaria de Desarrollo Urbano y Obra Pública como autoridad
máxima de la Unidad Ejecutora Municipal PROMEBA V, asimismo habrá un Coordinador ejecutivo con
funciones operativas, de coordinación de actividades y equipos de profesionales y técnicos. Del mismo
modo estará integrada por los siguientes componentes:
Componente Jurídico.
Componente de Evaluación Social.
Componente de Evaluación Ambiental.
Componente de Diseño Urbano.
ARTÍCULO 4º: La Unidad Ejecutora (UEM) articulará acciones con las diferentes áreas municipales con funciones en esas temáticas, así como con las áreas municipales de obras y servicios públicos, contable y
de adquisiciones.-
ARTÍCULO 5º: La Unidad Ejecutora contará con la siguiente estructura, cuyos responsables e integrantes
serán designados conforme a la siguiente organización:
Coordinador Institucional
Coordinador Ejecutivo
Componente Jurídico
Componente de Evaluación Social
Componente de Diseño Urbano
ARTÍCULO 6º: El Comité de Licitaciones para las adquisiciones con destino a los proyectos que ejecute la
Unidad Ejecutora (UEM) será el existente para las adquisiciones ordinarias del Municipio, integrado por la
Dirección General de Compras, Asesoría Letrada, la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Desarrollo
Urbano y Obra Pública, sin perjuicio de la intervención de alguna otra autoridad que por la especificidad del
caso lo requiera.- ·
ARTÍCULO 7º: DISPÓNGASE la integración de la Unidad Ejecutora PROMEBA V de acuerdo al siguiente
detalle:
Coordinador Institucional: Cecilia Soler (leg.37.284)
Coordinador Ejecutivo: María Emitía Arísteí (leg.31.151)
Componente Jurídico: Carlos Javier Krentz Míller (leg. 37.414)
Componente de Evaluación Social: Estela Gutíérrez (leg.19.950)
Componente de Evaluación Ambiental: Hernán Antonio Alba (leg.27.236)
Componente de Diseño Urbano: Ezequiel Speranza (leg. 24.585)"
ARTÍCULO 8º: AUTORÍZASE a la Secretaría de Hacienda a realizar las adecuaciones presupuestarias
necesaria a los fines indicados en el presente.-
ARTÍCULO 9°: ESTABLÉCESE la vigencia del presente Decreto al 1O de Diciembre del 2023.-
ARTÍCULO 10°: DISPÓNESE que el presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 11°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda dése al Registro General y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Arq. Cecilia Soler Lic. María Eva Stolzing Ugarte
Secretaría de Desarrollo Secretaria de Hacienda
Urbano y Obra Pública Municipalidad de Quilmes
Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3956/2023