Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4408

Decreto Nº 4408

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/10/2023

Visto las presentes actuaciones por las que se celebra la firma de un Convenio de Colaboración entre el Municipio de Bahía Blanca y SODIR SRL, cuyo objeto es la recolección de aceites vegetales usados (AVUs) en los establecimientos gastronómicos, industria alimenticia y en los denominados puntos sustentables a establecer en la ciudad; y,

Considerando:

Que, el aceite vegetal consumido en frituras genera un desperdicio llamado Aceite Vegetal Usado (AVU) o Aceite de Cocina Usado (ACU), el cual es utilizado mayormente en el industria alimenticia, sector gastronómico y en menor medida en el sector residencial;

Que, el incorrecto uso de este residuo genera amenazas tanto a la salud de las personas como al medio ambiente;

Que, en lo que respecta a la salud de las personas, pueden aludirse el sobreuso del aceite en freidoras por desconocimiento o ahorro en materias primas; su mezcla con aceite virgen; su recolección (aceite colorado), mezcla con aceites vírgenes y posterior reingreso al mercado como aceite apto para fritura; su uso para alimento animal; y la liberación, una vez que se ha consumido su vida útil, de componentes (Compuestos Polares Totales superior al 25%) no volátiles potencialmente cancerígenos;

Que, en referencia al riesgo que la errónea utilización del AVU constituye para el medio ambiente, puede mencionarse que por cada litro de AVU vertido a la red cloacal, se contaminan mil litros (1.000 l) de agua potable; y que por cada litro de AVU vertido directo a la tierra, se impermeabilizan hasta tres metros cuadrados (3 m2) de la misma;

Que, SODIR SRL es una empresa que brinda servicios de recolección y reciclado de Aceite de Cocina Usado (ACU) -conocido también como Aceite Vegetal Usado (AVU)-, asegurando la correcta disposición del residuo, su traslado, almacenamiento y reciclado final.

Que, SODIR SRL cuenta con una flota de móviles ubicados en el todo el territorio de la República Argentina; tiene un sistema CRM donde se guarda registro del historial de recolección y estadística del producto que permite analizar si el mismo es desviado del programa de recolección; realiza entrega de manifiestos de disposición final, la cual es auditada año tras año bajo norma ISCC; y brinda a los Municipios un acceso con usuario y clave para monitorear la recolección efectuada en su territorio;

Por lo expuesto precedentemente, y teniendo en cuenta el visado del Convenio por parte de la Dirección General de Técnica Jurídica, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- D E C R E T A -

ARTICULO 1º)Aprobar en todas sus partes el Convenio de Colaboración suscripto entre el Municipio de Bahía Blanca y SODIR SRL, el cual tiene por objeto la recolección de aceites vegetales usados (AVUs) en los establecimientos gastronómicos, industria alimenticia y en los denominados puntos sustentables a establecer en la ciudad, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.

ARTICULO 2°): Cúmplase, dése al R.O. y remítase al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.-