Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4552

Decreto Nº 4552

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/10/2023

Visto el Pedido de Adquisición Nº 7593 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación servicios técnicos y profesionales de un Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Spurr; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la prestación de servicios técnicos y profesionales de una persona para cumplir funciones como Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión Sede Spurr; dentro de las actividades a desarrollar se encuentra la visita a las instituciones del barrio junto a tutores, reunión con tutores del programa, planificación y ejecución de los talleres de reflexión, inscripción de participantes nuevos, planificación y organización de festivales y/o eventos, entre otras.

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;

Que surge la selección de la Sra. Postigo Antonella, D.N.I. 42.412.329, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, conforme al Acta de Selección que obra en Suministro 5785/2023;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; teniendo en cuenta que esta tarea no puede ser desempeñada por personal municipal.

SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Postigo Antonella, D.N.I. 42.412.329, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Operador Barrial para desempeñar tareas en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Spurr, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2023 y por la suma total de pesos ciento setenta y cuatro mil ($174.000), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Programa Envión.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-