Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº476

Resolución Nº 476

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 27/10/2023

Visto lo solicitado a fojas 1 por la agente Antonella Paula CACCIALI, Legajo Nº 21.449, dependiente de la Secretaría de Salud (oficina N°796), respecto al reconocimiento de servicios en carácter de becario de la Municipalidad de Bahía Blanca por el periodo 29/10/2021 al 26/09/2023; y de diferencias salariales producto de ese reconocimiento de dos (2) años anteriores a la fecha de la solicitud (09 de octubre de 2023) de acuerdo al Artículo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial y;

Considerando el informe y la documentación pertinente agregada por el Departamento Administración de Personal a fojas 3, y contando con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 4; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

ARTÍCULO 1°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente Antonella Paula CACCIALI, Legajo Nº 21.449reconociendo los servicios desempeñados para la Municipalidad de Bahía Blanca como personal becario, por el término de UN (1) AÑO, DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE (29) DÍAS.

ARTÍCULO 2°: El reconocimiento realizado mediante el artículo 1º se efectúa a partir de la fecha de interposición del reclamo por parte de la agente interesada, 09 de octubre de 2023, y al sólo efecto de la percepción de la Bonificación por Antigüedad y el usufructo de Licencia Anual Ordinaria, dejando expresa constancia que quedará exclusivamente a cargo de la agente la realización de los trámites pertinentes ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (I.P.S.) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.

ARTÍCULO 3°: El pago del beneficio otorgado será aplicando al 3% de su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios reconocidos en el artículo primero, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.

ARTICULO 4°: Hacer lugar a lo solicitado por la agente Antonella Paula CACCIALI, Legajo Nº 21.449, en cuanto al reconocimiento de las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años anteriores al 09 de octubre de 2023 de acuerdo a lo establecido por el artículo 2562 inc. C del Código Civil y Comercial, previa autorización del Honorable Concejo Deliberante en cumplimiento del articulo 140° del Reglamento de Contabilidad y 54° del Decreto Provincial 2980/00.

ARTÍCULO 5°: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110107000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 1221.

ARTÍCULO 6°: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., pase a conocimiento e informe del Departamento Administración de Personal, tome nota la Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto y Departamento de Contaduría, hecho, vuelva para la redacción del correspondiente proyecto de ordenanza.-