Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4574

Decreto Nº 4574

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/10/2023

Visto el Pedido de Adquisición Nº 7601 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación servicios técnicos y profesionales de un Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Stella Maris y Villa Harding Green; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la prestación de servicios técnicos y profesionales de una persona para cumplir funciones como Operador Barrial en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Stella Maris y Villa Harding Green, debiendo ser el nexo principal de los adolescentes y jóvenes en relación al equipo, entre otras;

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, obra la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, donde consta que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;

Que se realizó el correspondiente proceso de selección según las actuaciones obrantes por expediente Nº 5934/2023, donde surge la selección del Sr. Natanael Oscar Baez, D.N.I 38.849.486, quien cumple satisfactoriamente con las tareas asignadas. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.

SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Natanael Oscar Baez, D.N.I 38.849.486, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Operador Barrial para desempeñar tareas en el marco del Programa de Responsabilidad Compartida Envión sede Stella Maris y Villa Harding Green, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2023 y por la suma total de pesos ciento setenta y cuatro mil ($174.000.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Programa Envión.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-