Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 4541
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 31/10/2023
Visto la Solicitud de Pedido N° 7411 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales para desempeñar funciones en el equipo de Servicio Local Las Villas Oeste como abogada; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para formar parte del equipo técnico del Servicio Local Las Villas Oeste, que desempeñe tareas de abogada, a efectos de trabajar en el abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes,
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, suscripta por el Subsecretario de Legal y Técnica, donde expresa que no existe personal de planta municipal disponible que pueda abocar a las tareas requeridas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia;
Que se realizó el correspondiente proceso de selección, y que según el Acta de Selección que obra en el expediente Nº 5473/2023, donde surge la selección de la Sra. Laura Erika FOLADOR, D.N.I 26.114.584, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para continuar cumpliendo con las tareas asignadas. Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Legal y Técnica, considerando que la misma no cuenta con personal municipal disponible para desempeñar la tarea requerida por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Laura Erika FOLADOR, D.N.I 26.114.584, la prestación de servicios como Abogada del Servicio Local sede las villas oeste, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2023, y por la suma total de pesos quinientos trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos diez con ochenta y cuatro centavos ($355.810,84.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Servicio Local.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-