Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4386

Decreto Nº 4386

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 26/10/2023

Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al Certificado Nº 7 de la obra: "REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE AVENIDA 14 DE JULIO ENTRE JORGE NEWBERY Y VICTORICA", adjudicada a la empresa COINCE BAHÍA S.A. mediante Decreto Nº 200/2023; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vuelta el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N° 20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base Octubre 2022; la Fecha del Contrato es 06-02-2023, el Acta de Replanteo el 09-02-2023, y con un Plazo de Obra de 240 días.-

Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa COINCE BAHÍA S.A., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986.-

Que al Certificado Nº7 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de AGOSTO 2023. Se informa que el Mes de Ejecución de los trabajos:  AGOSTO 2023, ; la Fecha de Publicación de los índices AGOSTO 2023: 29 de AGOSTO de 2023; la Fecha de Presentación de la empresa 27 de SEPTIEMBRE de 2023, Porcentaje de Avance con respecto a la curva de inversión es del 89,89% y porcentaje de curva alcanzado: 85,54%. El importe del Certificado Redeterminado Nº7 es de $46.398.719,07; el importe de Certificado Nº7 de $22.758.973,40; diferencia del Certificado Nº7 por $23.639.745,67; a lo que debe aplicarse la deducción del Anticipo Financiero por un monto de $7.091.923,70; resultando así una diferencia a abonar un total de $16.547.821,97.-

Que el incremento del Certificado de Nº7 redeterminado respecto al Certificado Nº7 Final a valores de contrato es de 103,87%.

Que el Certificado N°7 cumplimenta lo dispuesto en el Artículo 9º de la Ordenanza 20986/2021 que exige alcanzar como mínimo el noventa por ciento (90%) del avance proyectado, aprobado y acumulado, para el mes del certificado correspondiente, se toma el valor de cotización de los últimos índices correspondientes al último mes certificado y redeterminado (Julio 2023).

Que la tabla incorporada y analizada por el Departamento Vialidad, correspondiente al Certificado Nº7, difiere con la ejecutada por la empresa en el coeficiente base (Octubre 2022)  de Costo Financiero de acuerdo al Pliego presentado debe considerarse el día 15 o día hábil posterior del mes de base. Por lo tanto, el coeficiente de variación obtenido es distinto.

Que entre la redeterminacion de precios presentada por la empresa y el Departamento técnico, se observa una diferencia del monto redeterminado a pagar ya que se consideró, por parte de la empresa, una deducción por Anticipo de Redeteminacion del certificado N°7, la cual no fue elevada por el Departamento por coincidir la fecha de elevación del Anticipo de Redetermiancion ( Mes de AGOSTO 2023) con coeficientes de JULIO 2023, con la publicación oficial de los índices provisorios del mes de AGOSTO.

Que el Departamento Vialidad sugiere que se apruebe la redeterminación del Certificado N°7 por el monto de PESOS DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($16.547.821,97.-).

Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.

Que a fojas 25 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.

Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.

En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 23.

En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.

En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surgen que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del Certificado Nº7 de la obra: "REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE AVENIDA 14 DE JULIO ENTRE JORGE NEWBERY Y VICTORICA", el INTENDENTE MUNICIPAL , en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Certificado Nº7 de la obra: "REMODELACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE AVENIDA 14 DE JULIO ENTRE JORGE NEWBERY Y VICTORICA", por un monto total de PESOS DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON NOVENTA Y SIETE  CENTAVOS ($16.547.821,97), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-8057-2023.-

ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-

ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 50.89.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-

ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese a través del mismo, copia del presente Decreto al expediente 417R-5612-2022 c/ 417R-582-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-