Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 4163
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/10/2023
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al Certificado Nº2 de la obra: "EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO PATAGONIA - ETAPA II (36 CUADRAS)", adjudicada a la empresa RIMSOL S.A. mediante Decreto Nº654/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vuelta el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N° 20.986, publicada el 12 de Diciembre de 2022, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. La Fecha de Licitación - Mes Base fue Febrero 2023; la Fecha del Contrato fue 05/04/2023, el Acta de Replanteo el 12/06/2023, y con un Plazo de Obra de 12 meses.
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa RIMSOL S.A., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N° 20.986. Asimismo se constató que el avance de obra se encuentra dentro de los parámetros dispuestos por el Art. 9, habiéndose alcanzado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado.-
Que al Certificado Nº2 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de JULIO-2023. Se informa que el Mes de Ejecución de los trabajos fue JULIO-2023, la Fecha de Publicación de los índices JULIO 2023, el día 30/08/2023; la Fecha de Presentación de la empresa 15/09/2023; el Porcentaje previsto en la curva de inversión es del 7,94% y el Porcentaje de curva alcanzado es del 8.53%.-
Que el Departamento Vialidad sugiere que se apruebe la redeterminación del Certificado Nº2 por el monto de $3.111.475,96; el importe Certificado Base N°2 es de $2.282.312,01; el importe de la Diferencia del Certificado N°2 $829.163,95; la deducción por anticipo financiero es de $-248.749,19; por lo cual la diferencia a abonar asciende a la suma de un total de $580.414,76.-
Que el incremento en porcentaje del Certificado Nº2 redeterminado respecto al Certificado N°2 a valores de contrato es de 36,33%.
Que se incorpora la tabla analizada por este Departamento, correspondiente a la redeterminación de precios del Certificado Nº2, la cual difiere con el presentado por la empresa en cuanto al Mes Base considerado; por lo tanto el coeficiente de variación obtenido es distinto.-
Que el Departamento Técnico sugiere se apruebe la redeterminación del Certificado Nº2 por un monto de PESOS QUINIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($580.414,76).-
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.
Que a fojas 33 el informe de la asesora letrada de la Secretaría de Infraestructura manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 23.
En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.
En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del Certificado Nº2 de la obra: "EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO PATAGONIA - ETAPA II (36 CUADRAS)", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de precios del Certificado Nº2 de la obra: "EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO PATAGONIA - ETAPA II (36 CUADRAS)", por un monto de PESOS QUINIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($580.414,76), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-7706-2023.
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N° 16 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 50.91.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorporándose copia del presente Decreto al expediente por el cual se tramitó la obra, 417R-527-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-