Boletines/Campana
Decreto Nº 700/23
Campana, 02/08/2023
EX-2019-00111849-MUNICAM-SMESA#DGAA Cese Matías Cesar Emanuel FIXMAN.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el EX-2019-00111849-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que, por haber incurrido en ausencias sin justificar desde el 1 de abril de 2023, se intimó al Sr. Matías Cesar Emanuel FIXMAN por CD N° 990166819 del 20 de abril de 2023, a retomar su puesto de trabajo dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles subsiguientes a su notificación, bajo apercibimiento de proceder a decretar su cesantía.
Que la citada CD fue entregada el 24 de abril de 2023, según constancia del Correo Argentino.
Que el domicilio del destinatario consignado en la carta documento referida coincide con el último declarado por el trabajador conforme a lo dispuesto en el artículo 103 inciso k) de la Ley 14.656, por lo que corresponde proceder a su cese, desde el 27 de abril de 2023.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que el Sr. FIXMAN, revista en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Médico - Grado Asistente – Personal Profesional de la Salud, con 36 horas semanales, dependiente de la Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Déjase cesante por abandono de cargo, Sr. Matías Cesar Emanuel FIXMAN (D.N.I. 28.186.160–Clase 1980), legajo personal N° 7606, revista en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Médico Grado Asistente – Personal Profesional de la Salud, con 36 horas semanales, dependiente de la Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 27 de abril de 2023, en virtud de lo establecido en el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, por las razones expuestas en los Considerandos del presente acto administrativo.-
ARTÍCULO 2°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-