Boletines/Campana
Decreto Nº 690/23
Campana, 01/08/2023
Expediente Municipal N° 4016-2478-2023 Nexina S.A.
Visto
El Decreto - Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Fiscal 7445 promulgada por el Decreto N° 1080 del 5 de diciembre de 2022, la Ordenanza Fiscal 7446 promulgada por el Decreto N° 1079 del 5 de diciembre de 2022, la ordenanza N° 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, el Decreto N° 184/2022 (t.v.); la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, la Ordenanza 7288; y el Expediente Municipal 4016-2478-2023; y
Considerando
Que la empresa NEXINA S.A. CUIT: 30-71476562-7 ha adquirido un lote dentro del parque industrial Campana con el fin de iniciar la construcción de una planta industrial, solicita la adhesión al régimen de Promoción industrial en los términos previsto por el artículo 4° de la Ordenanza 7288.
Que la Dirección General de Producción y Empleo que depende de la Secretaria de Desarrollo Económico, manifiesta a fs.19 que entiende necesario destacar el desarrollo de industrias como NEXINA S.A. que apuestan a la fabricación de nuevos productos de su especialidad, donde dará prioridad a la incorporación de mano de obra del ámbito local con la creación de unos 300 puestos de trabajo para el inicio de la obra y luego un plantel estable de unos 120 empleos donde se compromete que el 100% de la contratación de su personal será de procedentes de nuestra jurisdicción.
Que la Secretaria de Ingresos Públicos, manifiesta a fs. 22 que ha verificado, constatado y analizado el proyecto de inversión de NEXINA S.A. CUIT: 30-71476562-7 y el impacto en el desarrollo económico que genera para el Partido de Campana, por tal motivo considera pertinente acompañar la iniciativa con un paquete de medidas beneficiosas que acompañen el esfuerzo la compañía y su radicación de la empresa en el parque industrial Campana.
Que la Dirección de Asuntos Políticos manifiesta a fs. 28 que el Sr. Intendente decide otorgar el beneficio del 100% de eximición sobre tributos municipales por un plazo de 5 años.
Que, el Señor Jefe de Gabinete emite opinión sin presentar objeciones al respecto.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público intervino, obrando dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos la Ordenanza Fiscal 7445 y Ordenanza Impositiva 7446, la Ordenanza 7288, la ordenanza Nª 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, el Decreto N° 184/2022 (t.v.); la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Exímase en un 100% (cien por ciento) el pago de los Derechos de Construcción por la radicación de la planta industrial perteneciente a NEXINA S.A. CUIT: 30-71476562-7.
ARTÍCULO 2°.- Exímase por un lapso de 5 años a NEXINA S.A. CUIT: 30-71476562-7, en un 100% (cien por ciento), en el pago de los siguientes tributos municipales:
ARTÍCULO 3°.- Establécese que los beneficios detallados en los artículos 1°y 2°, comenzarán a regir desde el momento en que NEXINA S.A. CUIT: 30-71476562-7 adquiera la calidad de sujeto pasivo, contribuyente o responsable de las tasas o derechos eximidos en el presente Decreto, en los términos de la Ordenanza 7445 o la que la modifique, sustituya o reemplace.-
ARTÍCULO 4°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y legalInterina, la Secretaría de Desarrollo Económico, la Señora Secretaria de Ingresos Públicos, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana Interino; y, el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-