Boletines/Campana
Decreto Nº 689/23
Campana, 01/08/2023
Expediente Municipal N° 4016-2468-2023 Patagonia CNC Machines S.A.
Visto
El Decreto - Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Fiscal 7445 promulgada por el Decreto N° 1080 del 5 de diciembre de 2022, la Ordenanza Fiscal 7446 promulgada por el Decreto N° 1079 del 5 de diciembre de 2022, la ordenanza N° 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, el Decreto N° 184/2022 (t.v.); la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, la Ordenanza 7288; y el Expediente Municipal 4016-2468-2023, y;
Considerando
Que la empresa PATAGONIA CNC MACHINES S.A. CUIT: 30-71095273-2 ha adquirido dos lotes dentro del parque industrial Campana con el fin de iniciar la construcción de dos plantas industriales, solicita la adhesión al régimen de Promoción industrial en los términos previsto por el artículo 4° de la Ordenanza 7288.
Que la Dirección General de Producción y Empleo que depende de la Secretaria de Desarrollo Económico, manifiesta a fs.49 que entiende necesario destacar el desarrollo de industrias como PATAGONIA CNC MACHINES S.A. que apuestan a la fabricación de nuevos productos y prestación de servicios de su especialidad, donde dará prioridad a la incorporación de mano de obra del ámbito local con la creación de unos 300 puestos de trabajo para el inicio de la obra y luego un plantel estable de unos 200 empleados donde se compromete que el 100% de la contratación de su personal será de procedentes de nuestra jurisdicción.
Que la Secretaria de Ingresos Públicos, manifiesta a fs. 52 que ha verificado, constatado y analizado el proyecto de inversión de PATAGONIA CNC MACHINES S.A. CUIT: 30-71095273-2 y el impacto en el desarrollo económico que genera para el Partido de Campana, por tal motivo considera pertinente acompañar la iniciativa con un paquetede medidas beneficiosas que acompañen el esfuerzo la compañía y su radicación dentro del parque industrial Campana.
Que la Dirección de Asuntos Políticos manifiesta a fs. 58 que el Sr. Intendente decide otorgar el beneficio del 100% de eximición sobre tributos municipales por un plazo de 5 años.
Que, el Señor Jefe de Gabinete emite opinión sin presentar objeciones al respecto.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público intervino, obrando dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos la Ordenanza Fiscal 7445 y Ordenanza Impositiva 7446, la Ordenanza 7288, la ordenanza Nª 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/2017, el Decreto N° 184/2022 (t.v.); la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Exímase en un 100% (cien por ciento) el pago de los Derechos de Construcción por la radicación de las plantas industriales pertenecientes a PATAGONIA CNC MACHINES S.A. CUIT: 30-71095273-2, dentro del Parque Industrial Campana.
ARTÍCULO 2°.- Exímase por un lapso de 5 años a PATAGONIA CNC MACHINES S.A. CUIT: 30-71095273-2, en un 100% (cien por ciento), en el pago de los siguientes tributos municipales:
Tasa por Servicios Varios (Inspección de medidores, motores, generadores de vapor a energía, calderas y demás instalaciones).
Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene;
Tasa por Habilitación de Comercio e Industria;
Derecho por Publicidad y Propaganda; Derecho de Oficina.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que los beneficios detallados en los artículos 1° y 2°, comenzarán a regir desde el momento en que PATAGONIA CNC MACHINES S.A. CUIT: 30-71095273-2 adquiera la calidad de sujeto pasivo, contribuyente o responsable de las tasas o derechos eximidos en el presente decreto, en los términos de la Ordenanza
7445 o la que la modifique, sustituya o reemplace.-
ARTÍCULO 4°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y legal Interina, la Secretaria de Desarrollo Económico, la Señora Secretaria de Ingresos Públicos, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana Interino; y, el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-