Boletines/Campana

Decreto Nº687/23

Decreto Nº 687/23

Campana, 01/08/2023

Expediente Municipal N° 4016-26960-2022 Contratación Dra. Tomasiello Teresa.

Visto

La Ley N° 14.656 y la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria; suscripto el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente en el marco previsto por dicha Ley N° 14.656 y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; el Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/2017, el Decreto 184/2022 (t.v.), la Resolución Conjunta N° 0008/2018 de la Secretaria Técnica Administrativa y Legal y la Secretaria de Modernización (t.v) Decreto Nacional N° 260/2020, sus modificatorios y normas complementarias, DECTO-2023-46-E-MUNICAM-INT y el Expediente Municipal Nº 4016-26960-2022; y

Considerando

Que el Servicio Público de prestación de Salud, brindado por la Unidad Hospital San José y los Centros Periféricos dependientes de la misma, es un servicio imprescindible e ininterrumpible, las 24 horas del día, los 365 días del año.

Que a fs. 54/55 luce el DECTO-2023-46-E-MUNICAM-INT, por el cual se aprobó la contratación de la Dra. Tomasiello Teresa.

Que a fs. 56/57 obra el contrato con la profesional mencionada, el cual vence el 30 de junio.

Que a fs. 58, luce informe circunstanciado de la Secretaria de Salud en la cual se manifiesta la intención de celebrar una nueva contratación con la profesional allí mencionada.

Que  a fs. 60, la Dirección General de Recursos Humanos informa que  no existe dentro de la estructura orgánica de personal, tanto en la planta permanentevcomo temporaria personal de la índole requerida que se encuentre disponible y con preparación adecuada para cumplir las funciones descriptas.

Que a fs. 61, luce la solicitud de alta de proveedor para el año 2023.

Que el artículo 45 de la Ley Provincial N° 14.656 y el artículo 27 del Convenio Colectivo de Trabajo, establecen que podrá contratarse personal bajo la figura del contrato de locación de servicios para realizar trabajos o servicios extraordinarios en el campo de la ciencia o las artes y detalla los requisitos que debe especificar el referido contrato.

Que a fs. 66, la Dirección de Presupuesto informa la imputación presupuestaria.

Que a fs.67, Contaduría Municipal no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que a fs. 68, la Secretaría de Economía y Hacienda no posee objeciones económicas ni financieras que formular.

Que toma conocimiento la Jefatura de Gabinete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la contratación de los servicios locados de la Dra. Tomasiello Teresa (DNI 18.755.583), suscripto en el marco de lo establecido en el artículo  45 de la Ley Provincial N°  14.656 y el artículo  27 de la Convención  Colectiva de Trabajadores Municipales, con retroactividad al 01 de julio de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, inclusive, según los montos detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese por intermedio de la Secretaría de Salud  la confección del contrato de locación de servicios Medico a suscribirse con  la  Dra. Tomasiello Teresa (DNI  18.755.583).-

ARTÍCULO 3°.- Dispónese  que  los  fondos  necesarios  para  dar  cumplimiento  a lo dispuesto en el artículo anterior se tomará de la Jurisdicción 1110105000, “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.14.00 “Médicos Contratados”, Partida Presupuestaria 3.4.2.0 “Médicos Y Sanitarios”,  Fuente de Financiamiento  110  “Tesoro Municipal”,   del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2023.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; la Señora Secretaria de Salud; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-

Anexos

Anexo I

Anexo

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