Boletines/Tapalqué
Decreto Nº 0800
Tapalqué, 29/09/2023
Visto y considerando
VISTO: 1) La Ordenanza Nº 3293/23 promulgada mediante Decreto N° 0414/23 que dispone el aumento al sueldo básico de los trabajadores Municipales, incorporando un diecisiete por ciento (%17) a partir del mes de mayo de 2023 y un trece por ciento (%13) a partir del mes de julio de 2023 al sueldo básico de la totalidad de la Planta Municipal tomando como referencia el mes de febrero; 2) La Ordenanza Nº 3308/23 promulgada mediante Decreto N° 0612/23 que dispone el aumento al sueldo básico de los trabajadores Municipales, incorporando un diecisiete por ciento (%17) a partir del mes de agosto de 2023 tomando como referencia el mes de febrero al sueldo básico de la totalidad de la Planta Municipal; 2) La Ordenanza Nº 3310 promulgada mediante Decreto N° 0671que dispone el aumento al sueldo básico de los trabajadores Municipales, incorporando un doce por ciento (%13) a partir del mes de septiembre de 2023 tomando como referencia el mes de agosto al sueldo básico de la totalidad de la Planta Municipal, y, CONSIDERANDO: La necesidad de adecuar los decretos de designación del personal transitorio con las modificaciones pertinentes;
Por ello el Intendente Municipal, en uso de sus facultades decreta.
ARTÍCULO 1º: Designase como personal transitorio retroactivo al día 01-05-23 y hasta el 31-12-23, con un régimen semanal de 48 hs, a la agente, cuyos nombres, documento, tarea a desempeñar, categoría programática y retribución se detalla a continuación:
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Tarea a Desempeñar |
Estr. Prog. |
Período |
Retribución mensual |
|
|
|
|
|
Desde 01-05-23 Hasta 30-06-23 |
$ 91.802,27 |
|
Mugica Sofía |
DNI: 42.618.722 |
Mucama en Hospital |
11101080001620 |
Desde 01-07-23 Hasta 31-07-23 |
$ 101.125,94 |
|
|
|
Municipal |
|
Desde 01-08-23 Hasta 31-08-23 |
$ 113.318,43 |
|
|
|
|
|
Desde 01-09-23 Hasta 31-12-23 |
$ 128.049,82 |
ARTICULO 2º: La retribución mensual fijada se hará con cargo a la cuenta que corresponda del Presupuesto de Gastos en Vigencia.-
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.-