Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 497/23
Arrecifes, 06/07/2023
Visto
Las diferentes encuestas sociales realizadas a través de la Dirección de Minoridad, Familia y Tercera Edad, que dieron origen a los Expedientes Administrativos Nros.: 208.860/23, 209.027/23, 209.029/23, 209.148/23, con el objeto de la verificación de casos que requieren la asistencia del Estado, de las cuales se desprende claramente que pertenecen a familias de escasos recursos económicos y/o inestables e insuficientes para satisfacer las necesidades básicas del grupo familiar al cual pertenecen, y;
Considerando
Que, es un deber indelegable del Estado promover la eliminación de los obstáculos económicos, sociales o de cualquier otra naturaleza, que afecten o impidan el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, de los cuales se reconoce el derecho a la salud, a la protección integral del Estado a los discapacitados, a la tercera edad, a la vivienda, entre tantos otros (conf. art. 36 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).
Que, entre otros, el derecho a la salud, en sentido amplio, es comprensivo de la asistencia económica para la atención de las necesidades mínimas, en el caso de los grupos sociales vulnerables.
Que, es necesario e imperioso brindar asistencia económica y social a las personas en situación de indigencia y/o emergencia económica y social, según los factores determinantes que surjan de las encuestas realizadas por la Dirección de Minoridad, Familia y Tercera Edad, considerando en especial respecto de los conjuntos poblacionales: situación socio económica, cantidad de integrantes del grupo familiar, tipo de vivienda (propia/alquilada, cedida en uso/ocupación, precaria, cantidad de habitaciones, estado de conservación, etc.), cobertura social, estado de salud de los integrantes del grupo familiar y demás elementos que se estimen necesarios para definir el grupo familiar como necesitado de ayuda, informes éstos que constarán en la respectivas encuestas sociales realizadas.
Que, a los fines de disponer la ayuda económica debe dictarse el acto administrativo pertinente, en ejercicio de las competencias y atribuciones prescriptas por el art. 107 y ccdtes. del Decreto 6769/58.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Concédase a la Sra. Cintia CASTILLO, D.N.I. N° 33.410.085, un subsidio por la suma de Pesos Cincuenta y cinco mil ($ 55.000,00), dada su angustiosa situación de indigencia, destinado a afrontar el pago que demande la compra de Valva articulada termoplástica acolchada izquierda en tobillo, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 208.860/23.-
ARTÍCULO 2º: Concédase al Sr. Franco Daniel HARITZHANDY, D.N.I. N° 37.365.871, un subsidio por la suma de Pesos Veintiocho mil ($ 28.000,00.-), dada su angustiosa situación de indigencia, que será destinado a afrontar gastos de asistencia geriátrica, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 209.027/23.-
ARTÍCULO 3º: Concédase a la Sra. María Lujan ESCOBAR, D.N.I. N° 28.044.454, un subsidio por la suma de Pesos Cien mil ($ 100.000,00), dada su angustiosa situación de indigencia, que será destinado a afrontar parte de pago de servicio de sepelio de su suegro Juan Carlos Araujo, quien falleciera el día 29 de junio de 2023, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 209.029/23.-
ARTÍCULO 4º: Concédase al Sr. Francisco Damián SANCHEZ, D.N.I. N° 35.766.685, un subsidio por la suma de Pesos Treinta mil ($ 30.000,00.-), que será destinado a afrontar gastos de la vida diaria, dado la angustiosa situación de indigencia en la que se encentra, en un todo de acuerdo a la presentación efectuada a través de Encuesta Social Única, ingresada bajo Expediente Municipal Nro. 209.148/23.-
ARTÍCULO 5º: La erogación que demande lo dispuesto en los artículos anteriores será imputada a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
FIRMADO:
SR. JAVIER IGNACIO OLAETA - INTENDENTE MUNICIPAL
C.P. MARIA CECILIA REDDY – SECRETARIA DE HACIENDA