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Ordenanza Nº13944/2023

Ordenanza Nº 13944/2023

Quilmes, 10/10/2023

VISTO: el Expediente N° HCD-O-2-28762-2023;

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.944/2023 en la Sesión Ordinaria del día 26 de Septiembre del  2023, cuyo texto expresa:

 

VISTO: 

El Expediente Nº 2-28762-HCD-2023, presentado por la Concejala MARIA BELEN MARON. Ref.: La Ley de Tránsito N° 24449 y modificatorias, y la preocupación de las comunidades educativas de los Colegios Ríos de Vida y Perito Moreno, situados en las calles Mármol Nº 500, Quilmes y Zapiola Nº 1022, Bernal Oeste respectivamente, y

 

CONSIDERANDO:  

Que es necesaria la presencia de señalización que indique a los automovilistas la presencia de ambas Instituciones.

Que el Colegio Perito Moreno se encuentra sobre una arteria de importancia, como lo es la calle Zapiola, con gran flujo de tránsito que incluye vehículos de gran porte y transporte público, con el añadido que frente al colegio se encuentra una importante fábrica que cuenta con dos salidas de camiones sobre la mencionada calle.

Que la presencia de señales de “Despacio Escuela” y la señalización con pintura refractaria en el cordón de la vereda ofrecerán mayores garantías de cumplimiento de las normas viales, tanto para conductores y transeúntes, como para los educandos.

Que los reductores de velocidad, obligan a los automovilistas a aminorar su marcha, favoreciendo la prevención de accidentes de tránsito.

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

 

ORDENANZA Nº 13944/2023

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar …………………. la  señalización en las inmediaciones del Colegio Ríos de Vida y el Colegio Perito Moreno, ubicados en las calles Mármol Nº 500 en la Localidad de Quilmes y Zapiola Nº 1022 de la Localidad de Bernal respectivamente, que se detalla a continuación:

  1. Instalar carteles indicadores con la leyenda “DESPACIO ESCUELA – VELOCIDAD MÁXIMA 20 KM/H”.

  2. Señalización horizontal de las sendas peatonales en las esquinas adyacentes de ambas Instituciones.

  3. Colocación de reductores de velocidad en las esquinas adyacentes de ambas instituciones.





 

ARTÍCULO 2°: DISPÓNGASE que los gastos que demanden el cumplimiento …………………. de la presente Ordenanza serán imputados a las Partidas municipales asignadas para tal fin.

 

ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro …………………. General y ARCHÍVESE.

 

                                           

QUILMES,  26 de Septiembre de 2023. 

       

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.

Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D. 

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N° 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

 

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza N° 13.944/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 26 de Septiembre del  2023.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

 

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 4069/2023