Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13930/2023
Quilmes, 10/10/2023
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28774-23;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.930/2023 en la Sesión Ordinaria del día 26 de Septiembre del 2023, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 2-28774-HCD-2023 Presentado por el Presidente del Honorabie Concejo Deliberante CONCEJAL FABIO BAEZ. Ref.: Que el Dr. Justo Horacio Blanco es un médico comprometido con la defensa de los Derechos Humanos en Argentina durante los años de la Dictadura Militar, y
CONSIDERANDO:
Que durante la época del "Proceso" en Argentina, las embarazadas enfrentaron una situación especialmente difícil debido a las políticas represivas del régimen militar. Muchas mujeres fueron· detenidas y sometidas a torturas y desapariciones forzadas, y algunas de ellas estaban embarazadas en el momento de su detención
Que las mujeres embarazadas eran tratadas de manera particularmente cruel. A menudo eran torturadas de manera especial para hacerles abortar, y muchas veces se les.separaba de sus hijos recién nacidos, que eran dados en adopción o simplemente desaparecían.
Que el Doctor Justo Horacio Blanco, es un médico argentino que adquirió notoriedad durante su testimonio ante la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas), el Dr. Blanco relató unos de los casos más delicados de su profesión, en el Hospital de Quilmes, siendo médico de guardia, cuando debe asistir a una presa política embara:Zada de siete meses y medio, el 2 de abril de 1977.
Que la detenida desaparecida había sido llevada al Hospital Isidoro lriarte para dar a luz. La custódia de la paciente estaba a cargo del médico policial Jorge A. Bergés, (a quien él conocía por la práctica médica y por ser de la misma especialidad), quien junto a policías de la Provincia de Buenos Aires que lo acompañaban se aseguraban, que la mujer no pudiera escapar y fuera devuelta a su lugar de detención.
Que el Dr. Blanco, sin embargo, se negó a permitir que los policías entraran a la sala de parto y pudo examinar a la mujer en privado, y así pudo atender a la paciente en su condición de detenida.
Que durante el parto, el Dr. Blanco pudo obtener algunos datos de la mujer, como su nombre y algunos detalles de su lugar de detención
- "El Pozo de Quilmes"- y pudo saber que se trataba de SILVIA ISABELLA VALENZI, que cursaba un embarazo de siete meses y medio.
Que el parto transcurrió sin mayores complicaciones, aunque la beba nació prematura y fue entregada a los neonatólogos para su cuidado. Los sentidos vitales de la recién nacida a prima fase parecían ser buenos, el Dr. Blanco registró este hecho en la historia clínica de la madre y en el libro de partos, donde anotó la edad de la parturienta, su nombre completo y el sexo del bebé, todo con su propia letra. Sin embargo, dichos datos fueron eliminados del documento público, Registro de Guardia, de dicho nosocomio.
Que dos empleadas del hospital avisaron clandestinamente a su familia que SILVIA ISABELLA VALENZI, estaba en ese lugar. Eran la partera, señora María Luisa González, fue secuestrada el día 7 dé abril de 1977 y la enfermera, Sra. Generosa Fratassi, el día 14 del mismo mes. Ambas desde entonces permanecen en ·calidad de desaparecidas, existiendo testimonios que informan de su permanencia en el· centro clandestino de detención "Vesubio".
Que durante su relato en los Tribunales de Comodoro Py informo que, ... "Le pregunté si había sido torturada y me dijo que sí, y colegimos que debido a esas torturas se adelantó el parto." lsabella dio a luz una nena de 1,800 kg, ostensiblemente prematura, dijo él, por lo cual la. pusieron" ·en Neonatología. "Después la internamos en una sala de puerperio, de inmediato fue acompañada por los policías. Ese día hubo mucho trabajo, no dormimos -explicó, entonces vi cuando se la llevaban, a las pocas horas, en la caja de una camioneta no identificada."
"Dicho hecho sucedió en las primeras horas de la mañana -agregó-, yo mismo le informé por igual al Dírector del hospital y al Jefe del Servicio, el Doctor lriarte, ya fallecido, y el doctor Osear García, tambíén fallecido."
Blanco tuvo tiempo de decir algo más. "Debido a mis declaraciones anteriores, los represores que por supuesto quedaron me pusieron una bomba que me voló el frente de mi casa; fue 1987, afortunadamente -dijo llorando- no estaban mis hijos ahí."
Que la posibilidad de recibir atención médica, para las mujeres embarazadas eran escasos, en este contexto y mayormente nulo, la labor del Dr. Justo Horacio Blanco adquiere una importancia fundamental, abogando por el respeto a los derechos de las mujeres y testificando, en los juicios a las Juntas Militares de nuestro País, a pesar de las amenazas ejecutadas y el riesgo personal que esto implicaba.
Que su testimonio fue crucial para esclarecer la verdad sobre los -crímenes cometidos por el régimen militar, y dejar al descubierto la oscura e infausta realidad de la dictadura militar.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
. .
ORDENANZA Nº 13930/2023
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: DECLÁRASE al Doctor JUSTO HORACIO BLANCO,......................."Personalidad Destacada del Partido de Quilmes", según lo normado por la Ordenanza Nº 9902/04 y sus modificatorias vigentes, por su destaca.da.lucha en defensa de los Derechos Humanos, durante los momentos más difíciles para la Sociedad Argentina_.
ARTÍCULO 2°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro...................... General y ARCHÍVESE,
QUILMES, 26 de Septiembre de 2023.
Fdo:- FABrO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.930/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 26 de Septiembre del 2023.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro Generaf;- PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 4055/2023