Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13915/2023
Quilmes, 19/09/2023
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28895-2023;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.915/2023 en la Sesión Ordinaria del día 12 de Septiembre del 2023, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 2-28895-HCD-2023. Presentado por la Concejala MARIA BELEN MARON. Ref.: La existencia en el Distrito de la Biblioteca Pública y Municipal Domingo Faustino Sarmiento y las siguientes Bibliotecas Populares: Biblioteca Popular Pedro Goyena, Biblioteca Popular José Manuel Estrada, Bibliote.ca Popular Dr. Juan Martín Vilaseca, Biblioteca Popular del Río de Quilmes, Biblioteca Popular Los Cooperarios, Biblioteca Popular Joan Rico de Bahía, Biblioteca Popular Don Bosco, Biblioteca Popular Juan Bautista Alberdi y Biblioteca Pública y Popular Mariano Moreno, y
CONSIDERANDO:
Que las Bibliotecas Populares son Asociaciones Civiles Autónomas creadas por iniciativa comunitaria y que ofrecen servicios y espacios de consulta, expresión y desarrollo de actividades culturales, de la lectura y del libro en forma amplia, libre y pluralista.
Que las Bibliotecas Populares son dirigidas y sostenidas por sus socios y socias y brindan información, educación y recreación, mediante su acervo, el cual está abierto al público.
Que la Biblioteca Pública y Municipal Domingo Faustino Sarmiento fue inaugurada en 1872 y forma parte de la Manzana Histórica y, en consecuencia, del Patrimonio Histórico y Cultural de Quilmes desde 1988.
Que en 1990 a través del Decreto Nº 1935 se estableció el 23 de Septiembre como Día de las Bibliotecas Populares, en recuerdo del día de promulgación de la Ley Nº 419 que en 1870 creó la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares.
Que a través de la Ordenanza Nº 13611/2022 y a promoción de la Intendenta Sra. Mayra Mendoza, se unificó el pago de la subvención obligatoria y permanente otorgada a las Bibliotecas Populares a cumplirse dentro de los primeros diez (1O) días del mes de Abril de cada año, para mayor operatividad y mejora eh la administración de los recursos otorgados por parte de las Entidades Beneficiarias.
Que la gestión de la Intendenta Sra. Mayra Mendoza reconoce la labor de las Bibliotecas Populares como bases en las ·que se asienta la Identidad, la Educación y la Cultura de los habitantes del Distrito, apoyando las diversas propuestas culturales y educativas a las que apuestan cada una de ellas.
Que cumplen una función social, cultural y educativa de importancia relevante en cada momento..histórico de la Nación.
Que es necesaria la presencia de señalética en la vía pública que indique a los vecinos y vecinas la existencia de las Bibliotecas Populares como Puntos de Interés Cultural y Educativo, significando mayor visibilización y difusión de las mismas.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ORDENANZA Nº 13915/23.
ORDENANZA
ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través..................... del área que corresponda, arbitre los medios necesarios a fin de efectuar la señalización en las inmediaciones de plazas, peatonales, jardines de infantes, colegios primarios y secundarios de toda índole que se encuentren a la distancia más cercana de la Biblioteca Pública y Municipal Domingo Faustino Sarmiento y de las siguientes Bibliotecas Populares: Biblioteca Popular Pedro Goyena, Biblioteca Popular José Manuel Estrada,
Biblioteca Popular Dr. Juan Martín Vilaseca, Biblioteca Popular del Río de Quilmes, Biblioteca Popular Los Cooperarios, Biblioteca Popular Joan Rico de Bahía, Biblioteca Popular Don Bosco, Biblioteca Popular Juan Bautista Alberdi y Biblioteca Pública y Popular Mariano Moreno:
ARTICULO 2º: DISPONGASE que los gastos que demanden el cumplimiento..................... de la presente Ordenanza serán imputados a las Partidas Municipales asignadas para tal fin.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro... : .................. General y ARCHIVESE.
QUILMES, 12 de Septiembre de 2023.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.915/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 12 de Septiembre de 2023.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3814/2023