Boletines/Rojas
Decreto Nº 950/23
Rojas, 11/09/2023
Visto
El expediente Nº 640/23 a través del cual, AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS S.C.L., CUIT 30-52571862-6, solicita la obtención del Certificado de Declaración de Impacto Ambiental, respecto del establecimiento industrial cuya actividad específica es Recepción y Despacho de granos; Acondicionado de granos; carga y descarga de fertilizantes, venta de combustibles líquidos, ubicado en Ruta 31 y 45 de esta ciudad de Rojas (B)
Considerando
1) Que, según la Ley Provincial Nº 11.723, en su Artículo 10º: reza que: "Todos los proyectos consistentes en la realización de obras o actividades que produzcan o sean susceptibles de producir algún efecto negativo al ambiente de la Provincia de Buenos Aires y/o sus recursos naturales, deberán obtener una DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL expedida por la autoridad ambiental provincial o municipal según las categorías que establezca la reglamentación de acuerdo a la enumeración enunciativa incorporada en el anexo II de la presente ley, tal como el caso en cuestión;
2) Que, los informes de la Auditoría Ambiental de la actividad desarrollada, fue presentado por un profesional habilitado;
3) Que, surge del informe elaborado por el Secretario de Producción y Ambiente de este Municipio, Ing. Agr. Ezequiel Damián Restaine, de fecha 06 de Setiembre de 2023, obrante a fs. 105, quien manifiesta que la empresa cumplimenta con la normativa vigente y condiciones requeridas, para el Certificado de Declaración de Impacto Ambiental
4) Que a fojas 105, obra agregado dictamen legal emitido por la Asesoría Letrada de este municipio y que el suscripto comparte;
Por ello el Señor INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Rojas,
en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Otorgar la Declaración de Impacto Ambiental, a AGRICULTORES FEDERADOS ARGENTINOS S.C.L., CUIT 30-52571862-6, respecto del establecimiento industrial cuya actividad específica es Recepción y Despacho de granos; Acondicionado de granos; carga y descarga de fertilizantes, venta de combustibles líquidos, ubicado en Ruta 31 y 45 de esta ciudad de Rojas (B).-
ARTICULO 2º: Desígnase a la Secretaría de Producción y Ambiente, como organismo de aplicación y contralor de la actividad.-
ARTICULO 3º: Pase a la Oficina de Habilitaciones de Comercios e Industrias a efectos sirva instrumentar el documento pertinente.-
ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Coordinación y Gobierno, Nicolás SCARDINO.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, Regístrese, Archívese.-
DECRETO Nº 950/2023