Boletines/Campana
Decreto Nº 669/23
Campana, 27/07/2023
Expediente Municipal Nº 4016-1779-2023 “Refuncionalización Centro de Reciclaje”.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v), y el Expediente Municipal Nº 4016-1779-2023; y
Considerando
Que la Secretaría de Desarrollo Sostenible, promueve la Contratación Directa en virtud de la Emergencia declarada por la Ley N° 14.806 para la realización de la obra “Refuncionalización de Centro de Reciclaje”.
Que a fs. 2 obra Informe Circunstanciado emitido por la Dirección de Desarrollo Sostenible, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Que a fs. 9/28 lucen adjuntos Memoria Descriptiva, Planilla de Cómputo y Presupuesto, Pliegos de Requerimientos Técnicos y Planos emitidos por la Dirección General de Obras y Arquitectura.
Que a fs. 34 la Jefatura de Gabinete toma vista de las actuaciones sin objeciones al respecto, dando continuidad a las mismas.
Que a fs. 36 interviene la Dirección de Presupuesto emitiendo informe y sugiriendo la imputación presupuestaria para hacer frente a la erogación.
Que a fs. 37 la Contaduría Municipal toma conocimiento, sin objeciones contables al respecto.
Que a fs. 38 la Secretaría de Economía y Hacienda, toma conocimiento sin objeciones económicas ni financieras.
Que a fs. 40 luce adjunta la Solicitud de Pedido N° 2935 por la suma de Pesos Sesenta y Un Millones Sesenta y Ocho Mil Ciento Treinta y Seis con 93/100 ($ 61.068.136,93.-).
Que a fs. 42 interviene la Dirección de Compras manifestando que, tomado conocimiento de lo informado por la Dirección de Desarrollo Sostenible y por la Secretaría de Desarrollo Económico, dada la urgencia en la realización de la presente obra a realizar, sugiere que las presentes tramiten bajo la modalidad de Contratación Directa en virtud de la Emergencia de la Ley N° 14.806 de la Provincia de Buenos Aires.
Que a fs. 43/44 se glosa la Solicitud de Gastos N° 1-2951 por la suma de Pesos Sesenta y Un Millones Sesenta y Ocho Mil Ciento Treinta y Seis con 93/100 ($ 61.068.136,93.-).
Que a fs. 46 se adjunta Registro de Invitados a Cotizar.
Que a fs. 47/48 obran las invitaciones a las empresas a cotizar con su correspondiente firma.
Que a fs. 49/157 luce documentación y ofertas presentadas por las firmas Grupo Álvarez y Flores S.A y Cooperativa de Trabajo de Construcción Ltda., respectivamente.
Que a fs. 158 obra Acta de Apertura, de fecha siete (07) de julio de 2023, donde se procede a la apertura de la documentación y oferta de las empresas: Oferta 1 – Grupo Álvarez y Flores S.A que cotiza la suma de Pesos Sesenta Millones Quinientos Setenta y Un Mil Setecientos Ochenta y Siete con 00/100 ($60.571.787,00.-) y Oferta 2 – Cooperativa de Trabajo de Construcción Todes Ltda que cotiza la suma de Pesos Sesenta y Cuatro Millones Quinientos Cuarenta y Ocho Mil Novecientos Cincuenta y Ocho con 37/100 ($ 64.548.958,37.-).
Que a fs. 159 obra Cuadro Comparativo de Ofertas realizado por la Dirección de Compras.
Que a fs. 160 la Dirección de Compras observa que los valores cotizados por los proveedores son los vigentes en el mercado al momento de la presente compulsa de precios y que, una de las propuestas presentadas supera el valor consignado en el Presupuesto Oficial.
Que a fs. 162 la Dirección de Desarrollo Sostenible toma conocimiento e informa que no posee personal idóneo para realizar el análisis técnico.
Que a fs. 166 luce Informe técnico de la Dirección General de Obras y Arquitectura, donde concluye que los oferentes coinciden con las Planillas del Pliego, las cantidades son correctas y que las empresas cumplen con los requisitos del Pliego de Requerimientos Técnicos y cumplen con el Presupuesto detallado.
Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana y la Subsecretaría de Planeamiento y Obras emiten informe, sin objeciones respecto a lo manifestado por la Dirección General de Obras y Arquitectura.
Que interviene la Dirección de Compras, que en vista de lo informado por el área técnica y la adhesión de la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, sugiere que la propuesta más conveniente y oportuna para la presente obra que se realiza bajo la modalidad de Contratación Directa por Emergencia en virtud de la Ley N° 14.806 de la Provincia de Buenos Aires, Expediente Nº 4016-1779/2023 “Refuncionalización Centro de Reciclaje” está dado por la empresa Grupo Álvarez y Flores S.A ( C.U.I.T N° 30-71709027-2) con domicilio en calle San Martin N° 274, de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, en la suma total de Pesos Sesenta Millones Quinientos Setenta y Un Mil Setecientos Ochenta y Siete con 00/100 ($ 60.571.787,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
Que a fs. 172 la Dirección de Desarrollo Sostenible toma conocimiento, sin objeciones que formular.
Que a fs. 173 la Subsecretaría de Turismo, Islas y Desarrollo toman conocimiento sin objeciones al respecto.
Que a fs. 174 interviene la Jefatura de Gabinete dando continuidad a las actuaciones.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la presente Contratación Directa en virtud de Emergencia declarada mediante la Ley Provincial N° 14.806, para la realización de la obra “Refuncionalización Centro de Reciclaje” a la firma Grupo Álvarez y Flores S.A ( C.U.I.T N° 30-71709027-2) con domicilio en calle San Martin N° 274, de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, en la suma total de Pesos Sesenta Millones Quinientos Setenta y Un Mil Setecientos Ochenta y Siete con 00/100 ($ 60.571.787,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), conforme a lo especificado en el Pliego de Requerimientos Técnicos y Planilla de Cómputo y Presupuesto, y toda documentación obrante en el Expediente Municipal Nº 4016-1779-2023.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de Jurisdicción 1110128000 “Secretaría de Desarrollo Económico”, Categoría Programática 22.55.00 “Re-Funcionalización Centro de Reciclaje”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria, Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese a la empresa interesada y archívese.-