Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº4346

Decreto Nº 4346

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/10/2023

Visto las presentes actuaciones, referida a la Licitación Pública Nº 420R-5160-2021, obra: "TERMINACIÓN DE 162 VIVIENDAS + INFRAESTRUCTURA EN EL BARRIO LUZ Y FUERZA - ETAPA II", convenida con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, adjudicada por Decreto Nº2398/2021, a la UTE FORZAB S.A. y PLUMBER S.R.L., y;

CONSIDERANDO:

Que la obra convenida con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat fue cotizada en Unidades de Vivienda (UVIs), ascendiendo al monto de 9.352.460,22 NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 22/100 UVIs; el Ministerio tomó como valor de UVI el de la fecha correspondiente a la NO OBJECIÓN TÉCNICA (23/08/2021) el cual es 87.95.

Que atento a ello y de acuerdo al Contrato de Obra Pública cuya copia fiel obra de fojas 31 a 33, se contrató la obra citada, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS ($822.548.876,86).

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato de Obra Pública, en su cláusula décimo primera ..."EL MUNICIPIO" reconocerá las variaciones de precios que surjan de los mecanismos de actualización de las Unidades de Vivienda, al momento de efectuarse los desembolsos por parte de la Secretaría de Hábitat de acuerdo al Cronograma de Desembolsos...".

Que de fojas 2 a 4 vuelta, el Departamento de Vivienda informa que en los meses de MAYO, JUNIO Y JULIO de 2023 la empresa no logró alcanzar la meta y se aprobaron los certificado Nº 19, 20 y 21 respectivamente.

Que de acuerdo a la ADENDA AL CONVENIO PARTICULAR CONVE-2021-91483972-APN-DGDYD#MDTYH, y reprogramación de PLAN DE TRABAJO según ANEXO I (IF-2023-105379507-APN-DNPVIUYPR#MDTYH), cuya copia fiel obra de fojas 38 a 44, por la que se extiende el plazo de terminación de obra en un plazo de veinte (24) meses, a partir de la fecha del acta de su inicio. La empresa logró cumplir con al menos el 90% del plan de trabajos propuestos para los meses de Mayo, Junio y Julio, todos del año 2023 por lo que se ajustan las diferencias por cotización de la UVI, teniendo en cuenta el valor de la misma, al último día de cada mes certificado.

Que dicho Departamento solicita una nueva carga de suministro por la suma de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($13.459.638,67), para que la empresa pueda facturar la diferencia por actualización en la cotización del valor de la UVI para los certificados Nº 19, 20 y 21, (los cuales ya se habían sido reconocidos al UVI del 28 de Febrero de 2023 con un valor de 192,12), a continuación se detalla:

- Monto transferido del Ministerio de Hábitat por ajuste valor UVI de 224,58 al 31 de Mayo de 2023 (Certificado Nº19)..........................................$ 7.425.925,16.

 - Monto transferido del Ministerio de Hábitat por ajuste valor UVI de 240,44 al 30 de Junio de 2023 (Certificado Nº20)...........................................$ 3.329.076,95.

- Monto transferido del Ministerio de Hábitat por ajuste valor UVI de 254,61 al 31 de Julio de 2023 (Certificado Nº21)............................................$ 2.704.636,56.

Diferencia a facturar por cotización UVIs.............$13.459.638,67.

Que el suministro para la contratación de la obra Nº 420R-5160-2021, se cargó por el monto inicial de convenio y la misma se viene pagando aplicando el porcentaje de avance de obra a ese monto, y va a seguir siendo así para cerrar el suministro correctamente.

Que a fojas 85 la Abogada de la Secretaría de Infraestructura, emite dictamen legal de acuerdo a lo informado por el Departamento técnico que ..."el pedido realizado por el Jefe del Departamento de Vivienda solicitando la carga en el RAFAM de $13.459.638,67 correspondiente al reajuste por UVIs del Certificado N° 19, 20 y 21 de obra correspondiente a los trabajos realizados en el meses de Mayo, Junio y Julio de 2023. Surge del expediente que al momento de la carga del pedido, el mismo se realizo por la suma de $822.548.876,86, tomando como referencia el valor del Uvis a la fecha de la NO OBJECIÓN TÉCNICA, siendo el monto del convenio por 9.352.460,22 UVIs.

Las unidades de Vivienda (UVIs) se encuentran reguladas por la Leyes N° 27271 y 27397, la primera establece en su articulo 2,' lo siguiente: "Determinaciones de precios en los Contratos de Obra Publica destinados a Viviendas", los contratos se denominaran en pesos y su equivalente en UVIs, y los avances de obra se certificaran tomando como referencia el valor de la UVI correspondiente al ultimo día del mes a certificar, siempre que hubiese alcanzado como mínimo el noventa por ciento (90%) del avance de obra proyectado y aprobado. Caso contrario, se tomara el valor de cotización de la UVI del ultimo día del mes certificado, cuyo avance de obra se hubiese cumplimentado en las condiciones exigidas en el párrafo precedente. El porcentaje del avance de obra no cumplimentado, y posteriormente ejecutado, se certificara al valor de cotización de la UVI correspondiente a la fecha en que estaba pactada su ejecución. "

A fs. 3 vta. y 4 se acompaña captura de pantalla de la pagina del Banco Central de la República Argentina donde se actualiza el valor. del Uvis, de acuerdo a lo establecido por el art. 6 de la ley N° 27271, el que es su parte pertinente señala:

"El valor inicial en pesos de la UVI sera determinado por el Banco Central de la República Argentina, utilizando como referencia la milésima parte. del valor promedio del metro cuadrado construido con destina a vivienda en la República Argentina, de forma tal que 1000 UVIs serán equivalentes a un metro cuadrado (1000 UVIs : 1 metro cuadrado)..."

Que de acuerdo al dictamen legal, cabe destacar que no hay objeción legal que realizar, ya que se encuentran acreditados los extremos sostenidos por el Departamento Vivienda respecto a la diferencia en el monto facturado por la empresa.

Que al reverso de fojas 85 la Secretaría de Infraestructura comparte lo dictaminado por su Asesora Legal, dejando expresamente aclarado que no es necesario una revisión por parte de la Subsecretaria de Legal y Técnica.

Atento a ello; la solicitud de la firma UTE obrante a fs. 5; el mail recibido de la Secretaría de Hábitat - Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, acompañando planillas anexas de los nuevos valores de UVIs, que se adjuntan de fs.6 a 13; contando con informe positivo del Departamento de Vivienda y habiéndose cargado el presente ajuste en el Sistema Rafam según consta en la Solicitud de Pedido Nro. 420R-8240-2023, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTÍCULO 1°: Apruébese el ajuste de cotización por UVIs (Unidades de Vivienda) correspondiente a los Certificados Nº 19, 20 y 21 de la obra: "TERMINACIÓN DE 162 VIVIENDAS + INFRAESTRUCTURA EN EL BARRIO LUZ Y FUERZA - ETAPA II", por la suma de PESOS TRECE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($13.459.638,67)en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el expte. 420R-8240-2023.-

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande lo estipulado en el artículo 1º, deberá imputarse a la Fuente 133, Jurisdicción 1110105000, Cat. Programática 51.55.00, Gasto 4.2.1.0, del presupuesto de gastos vigente.-

ARTÍCULO 3°: Cúmplase, dése al R.O., Notifíquese a la firma UTE FORZAB S.A. y PLUMBER S.R.L., Tomen conocimiento Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, Departamento Vivienda, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General y Tesorería Municipal.-