Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 854
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/09/2023
Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma FELJOR S.R.L., CUIT Nº30-66414980-6, solicita la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental para su establecimiento ubicado en calle General Enrique Mosconi Nº 1132, de la ciudad de Bahía Blanca, cuyo rubro es “Fabricación e impresión de bolsas” clasificado de Primera Categoría (N.C.A: 15 ptos) según Disposición Nº DISPO-2023-240-GDEBA-DPEIAMAMGP, de acuerdo con las Leyes Provinciales Nº 11.459 y 15.107, Decreto Nº 531/2019 y modificatorio Nº 973/2020 y Considerando:
Que de acuerdo con el informe emitido por el Departamento de Ambiente de fs. 298 del expediente de referencia, el establecimiento cumple con las disposiciones de la Ley Nº 11.459, Decreto Reglamentario Nº 531/19 y Ley Modificatoria N° 15.107 y con las ordenanzas municipales vigentes.
Atento a lo expuesto, a la resolución municipal Nº 2-134/1996 y en tanto se mantengan las condiciones actuales, el SUBSECRETARIO DE GESTIÓN AMBIENTAL, en uso de las facultades que le confiere el Artículo Nº 5 del Decreto Municipal Nº 3492/2019:
R E S U E L V E
PRIMERO: Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental al establecimiento propiedad de la firma FELJOR S.R.L, CUIT Nº30-66414980-6, cuyo rubro es “Fabricación e impresión de bolsas” clasificado como de Primera Categoría, (N.C.A: 15 ptos) ubicado en calle General Enrique Mosconi Nº 1132 de la ciudad de Bahía Blanca, de conformidad con lo prescripto por la Ley Nº 11.459, registrándose bajo el Nº 23.-
SEGUNDO: La validez del Certificado de Aptitud Ambiental será de cuatro (4) años, conforme lo dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 11.459.-
TERCERO: La firma mencionada en el artículo Primero, deberá abonar la tasa correspondiente a la expedición del Certificado de Aptitud Ambiental, establecida en el artículo 25º de la Ley Nº 11.459.-
CUARTO: El otorgamiento del presente Certificado de Aptitud Ambiental, no empece el cumplimiento de toda otra normativa vigente exigible en la forma, plazos y alcances que la autoridad ambiental disponga.-
QUINTO: Notifíquese, déjese constancia de la entrega del Certificado de Aptitud Ambiental, tome nota el Departamento de Ambiente y remítase al Departamento Habilitaciones para la prosecución del trámite.-