Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2768
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 11/10/2023
Visto las presentes actuaciones, referidas la solicitud presentada a fojas 2 por Raúl Piñeiro, solicitando la eximición de los Derechos de Construcción, presentados en el expediente N.° 34-2023, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 3 el Departamento Contralor de Obras Particulares informa que se presentó con fecha 02 de junio del 2023 un expediente municipal con permiso de construcción N.° 34-2023, cuya partida es N.º 35.790 el cual se trata de una vivienda multifamiliar con locales, con superficie cubierta de 1658,53m, y semicubiertos de 202,00 m cuadrados con un cómputo y presupuesto de $9.465.250,00, los derechos de construcción ascienden a $2.336.599,20 dicho expediente de construcción se encuentra a la fecha sin aprobación;
Que, a fs. 6 Departamento Territorial informa que se “visó proyecto de plano de mensura y cesión de calle correspondiente al inmueble identificado catastralmente como Circ I Sec B Mz 64 parcela 29i partida 35790 con fecha 3 de abril de 2023, agregándose copia del mismo. Dicho plano no consta aprobado ni registrado en los organismos. En esta instancia, como se hace habitualmente, corresponde la eximición de los derechos de construcción según lo establecido en el artículo 2.1.1 del Código de Planeamiento Urbano. Una vez aprobado y registrado el mismo, estará en condiciones de solicitar la reducción de la tasa municipal”;
Que, a fs. 9 el Departamento Recaudación informa que: “… Atento lo solicitado por el recurrente a fs.2, lo informado por Departamento Territorial a fs. 6, correspondería, salvo mejor criterio, eximir del pago de los Derechos de Construcción, cargados por expediente 34-2023, al inmueble identificado con la Pda. 35.790 por la suma $ 2.336.599,20, en un todo conforme lo previsto en el artículo 2.1.1 del Código de Planeamiento Urbano vigente.…”
Que, el Artículo N.º 2.1.1 se establece que: "… En toda modificación parcelaria o constructiva y, en general, en todo trámite municipal sobre bienes inmuebles afectados por la apertura o ensanche de calles se deberán tomar, las previsiones del caso, de manera de lograr su cesión al uso público e impedir toda circunstancia que pueda condicionar ese fin. Además de las previsiones sobre vías públicas de la trama general que se realicen por aplicación de este Código, en gestiones particulares, la Comuna, a efectos de estructurar la red vial básica, exigirá la apertura y/o ensanche de las siguientes calles, indicándose, en los casos que corresponda, el ancho de tramo afectado, de su traza y restricciones…” ;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º: Eximir a la Partida N.° 35.790, del pago de los Derechos de Construcción cargados en expediente N.° 34-2023, por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 2.336.599,20.-), en un todo de acuerdo conforme lo previsto en el Art. 2.1.1 del código de planeamiento urbano vigente y a los considerandos de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 2º: Notifíquese al interesado que en caso de no resultar aprobado y/o registrado por los organismos Provinciales correspondientes el plano de mensura y cesión para futuro ensanche de calle, caerá la eximición y deberá proceder al pago de los Derechos de Construcción, objeto del presente, más los intereses punitorios y multas que pudieren corresponder, conforme lo previsto en el título VI de las infracciones a las obligaciones y deberes formales de la Ordenanza Fiscal 2023.-
ARTÍCULO 3º: Notifíquese al interesado que sobre la reducción de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública del 80% por un lapso de hasta 6 años, no correspondería otorgar el descuento; una vez aprobado y registrado, el plano de mensura, estará en condiciones de solicitar dicho beneficio.
ARTÍCULO 4º: Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación y demas dependencias que correspondan. Hecho: ARCHIVAR.-