Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4412/23
Coronel Dorrego, 27/07/2023
VISTO:
Mediante Expediente N° 657/2023, el agente municipal Sergio Alejandro Mansilla, solicita se le reconozca diferencia salarial; y
CONSIDERANDO:
Que el reclamo se origina por la no liquidación en tiempo y forma de una categoría del escalafón municipal.
Que consultada la Asesoría Legal de éste Municipio y con fundamentos basados en los Arts. 106° y 107° del Estatuto Municipal para los Trabajadores, informa que “la comuna debería efectuar el pago retroactivo de las diferencias salarias que existieren, correspondientes a los meses de abril, mayo, junio y julio, conforme la categoría y ascensos que se otorgaron en abril 2021”.
Que, por su parte la Contadora Municipal da cuenta que no existen registraciones contables de los conceptos reclamados y que el monto que se adeuda asciende a $ 10.607,94.
Que corresponde a este Departamento Ejecutivo otorgar el reconocimiento de deuda de ejercicios anteriores, a los efectos de que el Departamento Ejecutivo proceda a su liquidación y contabilización (Art. 140° del Reglamento de Contabilidad).
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Reconócese la deuda de $ 10.607,94 (Pesos: Diez mil seiscientos siete ============ con noventa y cuatro centavos), contraída con el agente Municipal Sergio Alejandro Mansilla, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente.-
ARTÍCULO 2º) Impútase, el pago de la deuda mencionada en el artículo anterior a: =============
111.01.10.000 Servicios de la Deuda
93.00.00 Deuda Flotante
7.1.2.0. Amortización de la Deuda Interna a corto plazo.-
ARTÍCULO 3º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése al ============ Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 27 de julio de 2022.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4412/23