Boletines/Balcarce

Decreto Nº3847

Decreto Nº 3847

Balcarce, 14/12/2023

Visto

Que  el pasado  1 O    de  diciembre  se  produjo la  asunción  del  gobierno  munieipal, ejerciendo  a partir de dicha fecha,  quien  esto suscribe,  la función  de Intendente Municipal, para un tercer mandato, y

Considerando

Que por el  Decreto Nº 321 O  del  30 de diciembre de 2015,  se instituyó un mecanismo de  consulta  popular  no  vinculante,  para  compulsar  la  preferencia  de  lbs  ciudadanos residentes en las Delegaciones Municipales de Los  Pinos,  San  Agustín  y Napaleofú,  con relación al  nombramiento de los titulares de las mismas.

Que si  bien dichas designaciones  son privativas  del  Departamento Ejecutivo,  como se dijo  entonces,  es procedente habilitar este mecanismo,  a fin de consultar a los  vecinos, sobre las postulaciones preferidas para estos cargos

Que habiendo asumido un nuevo mandato,  por la voluntad popular,  es deseo de este Departamento Ejecutivo, renovar la consulta a la ciudadanía de las Delegaciones, sobre sus preferencias,  a  la  hora de  ejercer  la  designación  de  los  titulares  de  las  Delegaciones Municipales.

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Balcarce, en ejercicio de atribuciones  concurrentes  que emanan de la  Ley Orgánica  de las  Municipalidades  y las Constituciones de la Nación y la Provincia de Buenos Aires

DECRETA

ARTICULO  1°:  Convocase  a la  ciudadanía  de las  Delegaciones Municipales  de Los Pinos, San  Agustín  y  Napaleofú,   a  Consulta   Popular   No  Vinculante,   para   determinar   las preferencias   de   la   población   sobre   las   designaciones   de   los   titulares   de   dichas Delegaciones.

ARTICULO 2°:La Consulta que se convoca,  se hará efectiva el  día 18 de febrero de 2024, de diez a dieciocho horas,  en el marco y con las formas y alcances que determina el  Decreto Nº 3210/2015 y el presente Decreto.

ARTICULO 3°:  Losactuales titulares de las  Delegaciones,  continuarán  ensus cargos hasta que se efectivice el resultado de la Consulta, pudiendo presentarse  como candidatos en la misma.

ARTICULO   4°:  Dese  intervención  al  Honorable  Concejo  Deliberante,  a  los  fines  de  la constitución  y  funcionamiento de la  Junta  Electoral  que dispone el  decreto  Nº  3210/15, rectora del proceso electoral, designándose como representantes del DE ante la misma, al Secretario de Gobierno,  Dr.  Ricardo Stoppani y el Asesor  Legal,  Dr. César  Romera.

ARTICULO  5°: Cúmplase, tomen razón las Secretarías Municipales, Contaduría, tesorería, Honorable  Concejo  Deliberante,  Departamento de  Prensa  y Protocolo,  las  Delegaciones Municipales,  publíquese y dese al Registro Oficial de Decretos.

Reino - Ridao - Stoppani

Anexos

Decreto 3210

2015

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