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Ordenanza Nº221/23

Ordenanza Nº 221/23

Balcarce, 09/11/2023

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 15º inciso a) de la Ordenanza 29/18 y 5º inciso b) de la Ordenanza 30/18, y

CONSIDERANDO:

Que los mencionados artículos establecen el límite de antigüedad de diez (10) años para los vehículos de los servicios de taxis y remises.

Que las citadas normas, establecen un mecanismo que asegura la periódica renovación de las unidades, para llevar adelante los servicios, en condiciones de eficiencia y seguridad, tanto de choferes como de los pasajeros.

Que de acuerdo a la Dirección de Inspección General, se hallan en este proceso de vencimiento diecisiete (17) licenciatarios, todos con modelos 2013, a saber: Licencias de Remises Nº 09, 22, 29, 31, 41, 43, 112, 138, 196, 232 y Licencia de taxis Nº 03, 04, 06, 10, 36, 61, 63. 

POR ELLO:

                     El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en usos de sus atribuciones, sanciona la siguiente:  

ORDENANZA

 

ARTICULO 1.- Extiéndase, en forma extraordinaria y hasta el 31 de diciembre de 2024, la vigencia de habilitación de los vehículos titulares de las Licencias de Remises Nº 09, 22, 29, 31, 41, 43, 112, 138, 196, 232 y Licencia de taxis Nº 03, 04, 06, 10, 36, 61, 63, continuando los mismos por ese período con el servicio normal y sujetos a los pagos a que los obligue la legislación municipal, como así también a actualizar los seguros, carnets, VTV y demás requisitos legales que corresponda.

ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.

FIRMADO: Agustín Cassini -  PRESIDENTE – Mercedes Palmades – SECRETARIA.-