Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº207/23

Ordenanza Nº 207/23

Balcarce, 26/10/2023

TESTIMONIO:

VISTO:

La Licitación Pública Nº 13/23 caratulada “Remodelación de curva 1 y 6 en circuito del Autódromo Juan Manuel Fangio”, antecedentes en Expediente Nº 2152- B-2023, y

CONSIDERANDO:

Que se estableció como fecha para la apertura de las ofertas de la Licitación Publica 13/23 el día 20 de Octubre del corriente para la apertura de las propuestas.

Que al momento de la apertura de los sobres de la licitación, fue recibida una sola propuesta correspondiente a la empresa EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR S.A. con una propuesta de pesos DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE CON 50/100 ($ 272.637.520,50).

Que la propuesta cumple con la documentación solicitada en SOBRE 1- PRESENTACIÓN en cuanto a presentación de: garantía de mantenimiento de oferta, contrato social, legajo de licitación firmado, recibo que acredita compra de pliego de bases y condiciones, certificado de inscripción, capacidad económica y financiera, Anexo 1 y domicilio real y legal. Que la propuesta cumple con toda la documentación solicitada en SOBRE PROPUESTA en cuanto a presentación de: planilla Anexo 2, planilla Anexo 3, planillas de análisis de precio de cada ítem, plan de trabajo, antecedentes de obra realizadas, contrato y aporte de estudio de la licitación visado. El oferente presenta planilla de equipos para obra.

Que el oferente cumple con el requisito solicitado en Especificaciones Legales Generales- Art. 2.7 º GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, presenta póliza de caución de COSENA Seguros S.A. Póliza Nº 298.548.

Que el oferente cumple con el monto exigido en CAPACIDAD TÉCNICA en el Registro de Licitadores de la Provincia de Buenos Aires. Certificado con vencimiento 30/11/2023. Que el oferente no cumple con el monto exigido en CAPACIDAD FINANCIERA en el Registro de Licitadores de la Provincia de Buenos Aires, certificado con vencimiento 30/11/2023. La Capacidad Financiera presentada asciende al monto $1.460.180.303,00 siendo levemente inferior al monto solicitado por Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación.

Que la oferta económica es menor al valor del Presupuesto Oficial en un 2.90 % respecto al mismo.

Que la oferta realizada por el oferente EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR S.A. es menor al valor del Presupuesto Oficial en un 2.90 % respecto al mismo; cumple con la CAPACIDAD TÉCNICA solicitada para ejecutar la obra y establecida en Especificaciones Legales Particulares- Art. 8º CAPACIDAD TECNICA Y FINANCIERA (CLAUSULA 2.5). Que no cumple con la CAPACIDAD FINANCIERA por un monto levemente inferior al solicitado por Pliego de Bases y Condiciones de la presente licitación. El requisito es solicitado en Especificaciones Legales Particulares- Art. 8º CAPACIDAD TECNICA Y FINANCIERA (CLAUSULA 2.5), siendo este facultativo y no excluyente; y considerando de mayor importancia lo establecido en el Art. 2.13- ADJUDICACION de las Cláusulas Legales Generales: “La adjudicación se hará a la oferta que haya sido evaluada como la más conveniente a exclusivo criterio de la Municipalidad”.

Que así mismo, se sugiere que la obra sea adjudicada por merito, al evaluar que la Empresa presenta antecedentes de obras ejecutadas que denotan idoneidad y experiencia calificada comprobable en obras de similares características en el plano de la obra pública vial con referencias comprobables. Oportunidad, reconociendo como factor fundamental la imperiosa necesidad de contratar el objeto de la presente licitación, que se enmarca en un plan de obras de puesta en valor del Autódromo Juan Manuel Fangio. Constatándose que el valor ofertado es razonable en términos de mercado, y ante el presente contexto inflacionario del país, retrasar la contratación de las mismas generaría un encarecimiento mayor de los costos de dicha contratación de realizarla a futuro y Conveniencia, oferta realizada por el oferente menor al valor del Presupuesto Oficial en un 2.90 % respecto al mismo.

Que por ser única oferta y por lo antes detallado elevamos al Honorable Concejo Deliberante el respectivo proyecto de Ordenanza a los efectos de proceder a adjudicar la presente oferta, por la vía prevista en el Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículo 187 del Reglamento de Contabilidad.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en usos de sus atribuciones,  sanciona la siguiente O  R  D  E  N  A  N  Z  A:

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º- Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar la Licitación Publica 13/23 para la obra caratulada: “Remodelación de curva 1 y 6 en circuito del Autódromo Juan Manuel Fangio”, a la Empresa EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR S.A. con una propuesta de pesos doscientos setenta y dos millones seiscientos treinta y siete mil quinientos veinte con 50/100 ($ 272.637.520,50) con antecedentes en Expediente municipal Nº 2152/B/23

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.

FIRMADO: Agustín Cassini -  PRESIDENTE – Mercedes Palmades – SECRETARIA.-