Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 200/23
Balcarce, 26/10/2023
VISTO:
El Expediente N° 7903/B/2022, referente a la “ADQUISICIÓN BIENES DE CAPITAL SEGÚN LO DISPUESTO POR LAS ORDENANZAS Nº 87/16 Y 57/20 MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONTRATO LEASING CON PROVINCIA LEASING S.A TOMOGRAFO PHILIPS ACCESS CT 16”, y
CONSIDERANDO:
Que el 23 de junio de 2016 el Honorable Concejo Deliberante, mediante la Ordenanza N° 87/16, autorizó al Poder Ejecutivo Municipal a formalizar contratos de locación de Leasing con Provincia Leasing S.A, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido en el Articulo Nº 156-Inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, con destino dichas contrataciones a equipamiento municipal de bienes de capital para ser empleados en obra y servicios públicos.
Que en la Ordenanza citada autoriza a afectar los créditos presupuestarios de Ejercicios Futuros, de acuerdo al Artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, como así también, que dichas contrataciones a efectuar se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing estipule.
Que según Decreto Municipal Nº 1498 de fecha 28 de junio de 2016 se promulgó dicha Ordenanza.
Que el 28 de mayo de 2020 el Honorable Concejo Deliberante, mediante la Ordenanza N° 57/20, modificó el Artículo 2º de la Ordenanza N° 87/16, quedando redactado de la siguiente manera: “…los bienes objeto de tales contrataciones estarán destinadas al Equipamiento Municipal de Bienes de Capital (distintos tipos de maquinarias, vehículos, equipos, entre otro bienes) para ser empleados en Obras, Servicios Públicos, Salud y Acción Social indistintamente…”.
Que según Decreto Municipal Nº 1074 de fecha 29 de mayo de 2020 se promulgó dicha Ordenanza.
Que el Intendente Municipal ha ratificado la vigencia de la misma, aclarando que a la fecha no ha sufrido modificación alguna.
Que el Poder Ejecutivo Municipal gestionó y obtuvo el Leasing Bancario según los mandamientos de la citada Ordenanza, culminando la operatoria con la firma de Contratos Nº 0012338PLP000 de Leasing Financiero Mobiliario.
Que según Decreto Municipal Nº 2353/2022, Artículos 1º y 2º, se aprobó el Contrato de Leasing Financiero Mobiliario Nº 0012338PLP000, siendo el objeto la adquisición de un SISTEMA DE TOMOGRAFIA COMPUTARIZADA PHILIPS ACCES CT 16 CORTES y los conceptos a abonar correspondientes a dicho contrato.
Que dicho Decreto fue convalidado según la Ordenanza Nº 160/22, promulgado la misma según Decreto Municipal Nº 2518/2022.
Que con fecha 31/03/2023 fue girada a la Secretaria de Hacienda Adenda “cambio de Precios”, la misma celebrada con fecha 27/01/2023.
Que luego de consultas realizadas a Contaduría Municipal y a Asesoría Legal, ambas aéreas convienen realizar la aprobación de la operatoria.
Que según Decreto Municipal Nº 3288/2023 se aprobó la Adenda al Contrato de Leasing Financiero Mobiliario Nº 0012338PLP000, suscripta entre la Municipalidad de Balcarce y Provincia Leasing S.A, con fecha 27 de Enero de 2023, por la cual se rectifica la Cláusula 6. Canon: “valor de los canones siguientes: a partir del Canon 3 al 48 por $ 1.604.280,45 (…) + IVA, mensuales - Tasa Base: 46.434500% anual-Valor base: 4.66”.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso atribuciones, sanciona la siguiente O R D E N A N Z A:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante el Decreto Municipal Nº 3288 de fecha 12 de octubre de 2023, según constancias obrantes en el Expediente Nº 7903/B/2022.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.
FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmades – SECRETARIA.-