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Ordenanza Nº171/23

Ordenanza Nº 171/23

Balcarce, 14/09/2023

VISTO:

Que la Municipalidad de Balcarce utiliza Sistemas de Información Geográfica (SIG/GIS) desde la creación en el 2015 de la Coordinación de GIS (Decreto 3137-15) dependiente de la Secretaría de Hacienda.

Que dicha Coordinación en el 2023 pasó a denominarse Dirección de Modernización dependiente de la Secretaría de Hacienda.

Que la Dirección desde el 2023 administra la Infraestructura de Datos Espaciales Balcarce (http://ide.balcarceapp.gob.ar/) que funciona como una herramienta de planificación estratégica que permite la descarga y visualización de información geográfica y que además, funciona como un espacio de trabajo colaborativo entre las áreas municipales y las instituciones públicas y privadas.

Que el principal objetivo de la Infraestructura de Datos Espaciales Balcarce (IDE Balcarce) es poner a disposición herramientas y datos espaciales que permitan a las diversas áreas municipales, las instituciones públicas y privadas, y a la ciudadanía en general, cooperar entre sí para lograr una visión integrada del territorio, en beneficio de

Balcarce, constituyéndose en una herramienta fundamental de gestión para la toma de decisiones en materia de políticas públicas.

CONSIDERANDO:

Que la incorporación de tecnologías de la información y comunicación favorece el diseño, ejecución y control del conjunto de políticas de gobierno, en especial aquellas que como los SIG se han convertido en herramientas estratégicas que permiten conocer en profundidad los fenómenos espaciales y a través de una visión integral del territorio.

Que una IDE se define como un conjunto de políticas, estándares, procedimientos y recursos tecnológicos que favorecen el espacio de trabajo colaborativo entre las áreas municipales e instituciones públicas y privadas, que permita el desarrollo social, cultural y productivo del partido a partir de la gestión de datos espaciales para la toma de decisiones.

Que el portal de datos espaciales IDE Balcarce tiene como misión ser la plataforma oficial de integración de datos espaciales del partido de Balcarce, conformada por un conjunto de políticas, estándares, procedimientos, recursos tecnológicos y humanos, que facilite el uso y acceso público de información geográfica referenciada de forma verídica, oportuna, confiable y de calidad, en un marco de cooperación coordinada de acuerdo con los lineamientos promulgados por la Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA) y la Infraestructura de Datos Espaciales de la Provincia de Buenos Aires (IDEBA) con los cuales el municipio se encuentra adherido.

Que es necesario el compromiso de todas las Secretarías, Subsecretarías con sus Direcciones en la participación activa de la creación, actualización y gestión de la información espacial donde la Dirección de Modernización deberá funcionar como un nodo organizador transversal a todas las áreas municipales.

Que se hace necesario contar con un plan para la implementación y desarrollo de la Infraestructura de Datos Espaciales de la Municipalidad de Balcarce, para ello se deben tener presentes los lineamientos que establezca el Instituto Geográfico Nacional (IGN), como órgano rector de las iniciativas en el ámbito nacional.

Que es necesario establecer el carácter interinstitucional de la IDE Balcarce, con una estructura organizativa y de gestión, con participación de todas las áreas del municipio, a través de sus representantes; asimismo, representar a la IDE Balcarce a nivel nacional y provincial, no solo en el aspecto técnico, sino también político-institucional y además contribuir a la institucionalización de la Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA).

Que se ha tomado como base para la elaboración de esta Ordenanza los lineamientos presentados por Infraestructura de Datos Espaciales de la República Argentina (IDERA) a nivel nacional y la Infraestructura de Datos Espaciales de la Provincia de Buenos Aires (IDEBA) mediante el Decreto 609-20 a nivel provincial.

POR ELLO:

                El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- Consolídese la Infraestructura de Datos Espaciales de Balcarce (IDE Balcarce), su portal web, servidor de mapas, visualizador de mapas y geoservicios web como el conjunto de herramientas tecnológicas que garantice el acceso a datos e información geoespacial del partido de Balcarce, de forma abierta y gratuita utilizando estándares y software Open Source.

ARTÍCULO 2.- Entiéndase por infraestructura de datos espaciales al conjunto articulado de políticas, estándares, procedimientos, recursos, tecnologías y acuerdos institucionales, que faciliten la producción, obtención, uso, acceso, análisis y evaluación de información georreferenciada.

ARTÍCULO 3.- La IDE Balcarce, a cargo de la Dirección de Modernización, tendrá a cargo las siguientes funciones: a- Diseñar, implementar y evaluar planes, programas y proyectos con la finalidad de alcanzar los objetivos enunciados en el artículo 4 de la presente; b- Impulsar la participación, integración, coordinación y capacitación de todas las áreas del estado municipal, organismos públicos y privados, académicos, no gubernamentales, sociedad civil, en aquellas actividades que contribuyan al desarrollo implementación de la IDE; c- Establecer y formular los estándares de producción, control de calidad, actualización y digitalización de datos y sus metadatos, facilitando la interoperabilidad y optimizando su uso; d- Definir y sostener la infraestructura tecnológica de conformidad a las políticas y estándares municipales, nacionales e internacionales para la identificación de objetos territoriales y la creación de capas de información, que sirvan al intercambio e integración de los datos geoespaciales de la IDE; e- Promover la capacitación de agentes municipales en tecnologías de información y comunicación, fomentando su participación en la digitalización y actualización de información georreferenciada de calidad f- Representar a la IDE Balcarce ante organismos públicos o privados, provinciales, nacionales e internacionales.

ARTÍCULO 4.- Establézcase los siguientes objetivos para la IDE Balcarce: a- Generar información cartográfica digital única y común del partido de Balcarce y mantener la misma en una base de datos espacial estandarizada y validada. b- Publicar y difundir la información espacial relevante disponible del territorio del partido de Balcarce en mapas digitales interactivos digitales e impresos mediante el portal IDE Balcarce, servidores de mapas y visualizador de mapas web con la finalidad de democratizar y transparentar el acceso a la información territorial producida por la Municipalidad de Balcarce. c- Capacitar a los agentes municipales sobre las herramientas digitales libres y abiertas como los Sistemas de Información Geográfica para que puedan generar, gestionar y analizar los datos espaciales desde la misma repartición que da origen a la información. d- Articular como nexo entre las diversas áreas del municipio para que compartan información georreferenciada a fin de facilitar la planificación estratégica sobre el territorio e-Utilizar, promover y difundir el uso de tecnologías de código abierto para el tratamiento de datos espaciales, así como también la implementación de formatos abiertos y normas estandarizadas de acuerdo a lo indicado a organismos provinciales y nacionales competentes. f-Generar convenios de trabajo conjunto con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, para promover los principios de gobierno y datos abiertos.

ARTÍCULO 5.- Las áreas y dependencias municipales deben intercambiar la información estadística y geoespacial en las condiciones y modalidades que establezca la IDE Balcarce, a los fines de su incorporación en ella.

ARTÍCULO 6.- Cúmplase, comuníquese regístrese, publíquese.

FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA.-