Boletines/General Villegas
Decreto Nº 957/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 14/06/2023
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 3048/23, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 7/23 destinada a la “Provisión de mano de obra, maquinaria y materiales – Ejecución de 40 nichos en Cementerio de General Villegas” autorizada mediante Decreto Nº 362/23; y
CONSIDERANDO:
Que la firma Berterini Hnos S.R.L, presenta una nota solicitando el reemplazo del dinero en efectivo retenido en garantía de Fondo de Reparo mediante Certificado N° 1 y N° 2, por un pagaré sin protesto certificado por el valor de $422.500, representando el 5%, a fin cubrir el depósito en garantía de dicha licitación y solicitando el reintegro del mismo.
Que el Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial interviene sugiriendo dar curso a lo solicitado y procediendo a la devolución de la garantía aportada por el adjudicatario Berterini Hnos S.R.L
Que la Contaduría Municipal informó la imputación a fojas 117.
Que el reemplazo requerido se halla contemplado en el Artículo 18° de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Sustitúyase el dinero en efectivo retenido a la empresa BERTERINI HNOS S.R.L. en concepto de Fondo de Reparo mediante Certificado Nº 1 y N° 2, por el pagaré sin protesto certificado por la suma de Pesos cuatrocientos veintidós mil quinientos ($ 422.500.-), en su carácter de adjudicataria de la Licitación Privada Nº 7/23 destinada a la “Provisión de mano de obra, maquinaria y materiales – Ejecución de 40 nichos en Cementerio de General Villegas”, de conformidad con las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 3048/23.
ARTÍCULO SEGUNDO: Devuélvase a la empresa BERTERINI HNOS S.R.L, la suma retenida de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El reintegro del monto indicado en el Artículo Segundo deberá ser imputado con cargo al:
71001 - DEPÓSITO EN GARANTÍA
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Compras y Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y de Planificación y Desarrollo territorial; cúmplase y archívese.