Boletines/General Villegas
Decreto Nº 935/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 13/06/2023
VISTO:
El Expediente N° 5878/23, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Villa Sauze, destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos, alimentos y alquiler, por un monto de Pesos trece mil ochocientos ($13.800.-), para su evaluación; y
CONSIDERANDO:
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 08/06/2023.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos trece mil ochocientos ($ 13.800.-), destinado a solventar gastos ocasionados por problemas de salud, servicios básicos, alimentos y alquiler en la localidad de Villa Sauze, conforme el siguiente detalle:
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
IMPORTE |
Amorena Candela Zulema |
34.707.545 |
$ 1.000.- |
Chiaraviglio Sergio Alejandro |
18.161.572 |
$ 3.000.- |
Córdoba María Elena |
13.044.895 |
$ 800.- |
Córdoba María Luisa |
21.501.142 |
$ 1.000.- |
Hellbusch Segundo |
16.334.812 |
$ 2.500.- |
Murúa Armando Gerardo |
16.118.859 |
$ 3.000.- |
Obregón Juana del Carmen |
13.438.629 |
$ 1.000.- |
Torres Gloria Esther |
20.322.853 |
$ 1.500.- |
TOTAL: |
$ 13.800.- |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5- Transferencias |
Partida Principal: |
1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04- Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
64- Dirección de los pueblos |
Actividad Proy.: |
06- Acción Social Directa Pueblos |
Importe: |
$ 13.800.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.