Boletines/General Villegas
Decreto Nº 910/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 08/06/2023
VISTO:
El Expediente Nº 5328/23 iniciado por la señora María Brígida Zárate, solicitando la eximición del pago de patente de su vehículo de uso particular, correspondiente al dominio IVY - 173; y
CONSIDERANDO:
Que de fojas 2 a 6 acompaña documentación pertinente a saber: copias de D.N.I, título automotor dominio IVY - 173 y certificado de discapacidad a nombre de la peticionante y de su esposo Juan Carlos Moccagatta
Que de acuerdo a la documentación presentada queda acreditada la titularidad del dominio objeto de actuados, el que cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 536 inciso 1.2 del Capítulo IV, Título IV del Libro Segunda Parte Especial de la Disposición Normativa B01/04 vigente en la Provincia de Buenos.
Que la Dirección de Rentas interviene de fojas 8 a 11, solicitando se considere la exención por las cuotas 1 y 2 del ejercicio 2022 y por los años 2021 y 2023 del dominio aludido en concepto de “Impuesto a los Automotores” de acuerdo a la normativa vigente en Arba.
Que a fojas 13 la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere otorgar la condonación por los años 2021 y 2022 y la exención por el Impuesto a los Automotores al dominio IVY 173 correspondiente al año en curso.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Condónase la deuda que registra el dominio IVY - 173, inscripto a nombre del señor Juan Carlos Moccagatta, D.N.I Nº 10.033.884, en concepto de “Impuesto a los Automotores Descentralizado”, por los ejercicios 2021 y 2022 por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Exímase del pago del “Impuesto a los Automotores” al vehículo dominio IVY - 173, inscripto a nombre de Juan Carlos Moccagatta, D.N.I Nº 10.033.884, por el ejercicio 2023, por las razones expuestas ut supra.
ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas competentes a realizar las modificaciones pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Dirección de Asuntos Jurídicos, Tesorería, y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.