Boletines/General Villegas
Decreto Nº 899/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 08/06/2023
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente N° 5524/22, pertenecientes al Concurso de Precios N° 29/22 destinado a la “Adquisición y colocación de carpintería de aluminio interior y exterior en el CAPS de Piedritas – mano de obra y materiales” aprobado por Decreto N° 936/22; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1085/22 se adjudicó dicho concurso al oferente Roberto Omar Aguirre, en la suma de Pesos un millón cuatrocientos dieciocho mil cien ($ 1.418.100.-)
Que el Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial, manifiesta que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Definitiva de los trabajos pertenecientes al concurso señalado, con fecha 30 de mayo de 2023 y que debería procederse a la devolución de las garantías aportadas por el señor Roberto Omar Aguirre.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 155.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos correspondientes al Concurso de Precios Nº 29/22 destinado a la “Adquisición y colocación de carpintería de aluminio interior y exterior en el CAPS de Piedritas – mano de obra y materiales” conforme acta del día 30 de mayo de 2023, firmada entre el Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial en representación de la Municipalidad de General Villegas y el señor Roberto Omar Aguirre en su carácter de adjudicatario, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 5524/22.
ARTÍCULO SEGUNDO: Devuélvase al adjudicatario Roberto Omar Aguirre la garantía aportada en el Concurso mencionado conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:
Dinero en efectivo aportado en garantía por sustitución de fondos de reparo:
ARTÍCULO TERCERO: La devolución mencionada en el Artículo anterior, deberá ser imputada con cargo a la siguiente Partida:
71001 - Depósitos en Garantía
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, de Planificación y Desarrollo Territorial, Dirección de Obras Públicas, Contaduría, Tesorería, Compras; cúmplase y archívese.