Boletines/Chascomús
Resolución Nº 305/23
Chascomús, 12/10/2023
Visto
El EX-2023-00042687--CHASCOMUS-DCEM#SSPU caratulado “MARTINEZ RODOLFO RAUL S/ Solicitud de autorización para cremación y retiro de cenizas”; y
Considerando
Que, en el citado expediente se presenta el Sr. Rodolfo Raúl Martínez, DNI 16.624.091, con domicilio en calle Castelar N° 777, con domicilio electrónico en rodolforaulmartinez310@gmail.com.ar quien solicita autorización para proceder a cremar los restos de quienes fueran sus padres Martínez Ramón Bartolo Lorenzo, fallecido el 27/10/98 y Ekerdt Elvira Ester, fallecida el 12/11/1996) QUE DESCANSAN EN LA Sepultura 761- Orden 3255-Cuadro B- Ampliación II, dejándolo a disposición municipal y del que era responsable su padre.
Que prestan conformidad sus hermanos José Santiago y Gonzalo Fabián Martínez.
Que en el orden 5 se encuentra agregado certificado de libre deuda de la cuenta 1000003255-0 correspondiente a la Sepultura 761-Orden 3255- Cuadro B, Ampliación II de la que surge que no registra deuda a la fecha y que allí se encuentran inhumados Martínez Ramón BLP (fallecido el 27/10/1998) y Eckerdt Elvira Esther (fallecido el 12-11-1996).
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde autorizar la cremación y retiro de cenizas dejando el espacio a disposición municipal.
Por ello, el Señor Secretario de Servicios Públicos (Sebastian Barthe Placenave) que suscribe en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1°.- Autorícese al Sr. Rodolfo Raúl Martínez, DNI 16.624.091, con domicilio en calle Castelar N° 777 y electrónico en rodolforaulmartinez310@gmail.com.ar a proceder a la cremación de los restos de quien en vida fueran sus padres Martínez Ramón Bartolo Lorenzo Pascual, (fallecido el 27/10/1998) y Eckerdt Elvira Esther (fallecida el 12/11/1996) y retiro de las cenizas, dejando el espacio a disposición municipal.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio, y al peticionante en rodolforaulmartinez310@gmail.com.ar.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-