Boletines/Chascomús

Resolución Nº296/23

Resolución Nº 296/23

Chascomús, 03/10/2023

Visto

El EX-2023-00040972- -CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Etchegoyen María Raquel. Solicitud de prescripción. Expte. 134808”; y

Considerando

Que se presenta la Sra. ETCHEGOYEN Marta Raquel DNI 40.082.423 solicitando la prescripción de las Tasas Municipales en relación al inmueble identificado con la Partida N°11.321.

Que adjunta copia de Escritura Numero Quinientos Noventa y Seis División de Condominio agregada al orden 6.

Que se ha verificado que la mencionada partida registra deuda de Servicios Generales periodo de 1/1992 a 6/2005 y Servicios Sanitarios en el periodo de 3/1993 hasta 6/2005 inclusive.

Que la prescripción de las tasas municipales e impuestos provinciales opera a los 5 años (art. 278 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación).

Que en el mismo sentido se ha expedido en el Expte. 5300 – 2981/03 el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires. Es decir, que la prescripción de las tasas municipales opera a los cinco años.

Que, sin perjuicio de lo expuesto, es importante destacar que en el artículo 65º de la Ordenanza Fiscal vigente, se indica que: “...la prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago.

Que atento a que no se han verificado dichas circunstancias y en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida - 11.321 por Tasa Municipal de Servicios Generales desde el periodo del 1/1992 hasta 06/2005 inclusive y Servicios Sanitarios desde el periodo 03/1993 hasta el 06/205 inclusive.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado hacer lugar a lo solicitado por la Sra. ETCHEGOYEN Marta Raquel, DNI 4.082.423 sobre prescripción de tasas municipales de Servicios Generales 1/1992 hasta el 6/2005 inclusive y Servicios Sanitarios desde el periodo de 3/1993 y 6/2005 inclusive.

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe en uso de sus atribuciones

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Reconózcase la prescripción por la deuda de Tasas Municipales de la Partida N° 11.321 por Servicios Generales desde el periodo 1/1992 hasta el 06/2005 y Servicios Sanitarios desde el periodo de 3/1993 hasta el 6/2005 inclusive.-

ARTICULO 2°.- Deberá modificarse la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en el artículo anterior.-

ARTICULO 3°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales y peticionante con domicilio en calle Remedios de Escalada N° 22 de Chascomús.-

ARTICULO 4º.- Cúmplase,  publíquese,  dese  al  Registro  Municipal  y archívese.-