Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1041/23
Chascomús, 30/10/2023
RATIFICAR SANCIÓN DISCIPLINARIA
Visto
El Expediente Administrativo N° EX-2023-00039532-CHASCOMUS-DCH#SRHDP, caratulado: “Sanción Flores Agustina”; y
Considerando
Que surge del formulario de sanción disciplinaria agregado al orden 8 del presente la descripción de los hechos que dieron lugar a la sanción: “Por Faltar el día 20 de agosto. Su carpeta médica terminaba el 19. Presentando una nueva carpeta a partir del 21, quedando así el día 20 en falta, sin justificación”.
Que obra en el orden 2 memorándum ME-2023-00039298-CHASCOMUSDAHMCHASCOMUS-DAHM#SSP, de fecha 6/9/2023, mediante el cual el Jefe de la Dirección Administrativa del Hospital Municipal San Vicente de Paul, dependiente de la Secretaria de Salud Pública, en el uso de las facultades disciplinarias que la normativa le permite, dispuso la sanción en un llamado de atención (art. 110 inc. “C” de la Ley 14.656) a la agente Agustina Flores, DNI: 45.577.830, Legajo N° 11.201, notificándose de la misma el día 01.09.2023.
Que en el orden 3, se agrega nota de descargo presentada por la agente Flores, con fecha 5/9/2023, la cual se transcribe en su parte pertinente:”…Que no fue intención faltar sin certificado médico, el domingo 20/08/2023 continuaba con inflamación, y el médico que me atendió no me dio el correspondiente certificado, si lo hizo con fecha 21/08/2023…”.
Que de la información obrante en el expediente surge el incumplimiento por parte de la Agente FLORES del artículo 103 inciso “a” de la Ley 14656 que indica: "Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo a la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal".
Que en consecuencia esta Dirección de Asuntos Legales dictaminó ratificar la sanción disciplinaria en un llamado de atención para la agente FLORES Agustina, DNI 45.577.830, Legajo 11.201, por incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 103 inciso “a” de la Ley 14656.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Ratificar la Sanción Disciplinaria de llamado de atención dispuesta por el Jefe de la Dirección Administrativa del Hospital Municipal San Vicente de Paul, dependiente de la Secretaria de Salud Pública, a la Agente FLORES Agustina, DNI 45.577.830, Legajo 11.201, por incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 103 inciso “a” de la Ley 14656, conforme las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Secretaria de Salud Pública, Dirección Administrativa del Hospital Municipal San Vicente de Paul, Dirección Administrativa de RRHH, Liquidaciones y a la Agente.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-